Decreto no. 4588
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
DECRETO NÚMERO 4588 DE 2006
(Diciembre 27)
Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la ConstituciónPolítica y en desarrollo de los artículos 59 de la Ley 79 de 1988, 36 de la Ley 454 de 1998 y artículo 8 de la Ley 828 de 2003
DECRETA: CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º. CAMPO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presente decreto se aplicarán en el territorio nacional, a todas las personas jurídicas que ostenten la calidad de Cooperativas y Precooperativas de TrabajoAsociado. ARTICULO 2º. OBJETO.- El presente decreto regula el trabajo asociado cooperativo, precisa su naturaleza y señala las reglas básicas de su organización y funcionamiento. CAPÍTULO SEGUNDO ORGANIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
ARTICULO 3º. NATURALEZA DE LAS COOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO. Son organizaciones sin ánimo de lucro pertenecientes alsector solidario de la economía, que asocian personas naturales que simultáneamente son gestoras, contribuyen económicamente a la cooperativa y son aportantes directos de su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales, con el fin de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados yde la comunidad en general. ARTÍCULO 4º. NÚMERO DE ASOCIADOS PARA SU CONSTITUCIÓN. Cooperativas de Trabajo Asociado se constituirán con un mínimo de diez (10) Las
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Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado
asociados, y las que tengan menos de veinte (20), en los estatutos oreglamentos deberán adecuar los órganos de administración y vigilancia a las características particulares de la cooperativa, especialmente al tamaño del grupo asociado, a las posibilidades de división del trabajo y a la aplicación de la democracia directa, así como también a las actividades específicas de la cooperativa. De conformidad con lo previsto en el artículo 2º del Decreto 1333 de 1989 lasPrecooperativas de Trabajo Asociado se constituirán con un número mínimo de cinco (5) asociados fundadores. ARTICULO 5º. OBJETO SOCIAL DE LAS COOPERATIVAS Y PRECOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO. El objeto social de estas organizaciones solidarias es el de generar y mantener trabajo para los asociados de manera autogestionaria, con autonomía, autodeterminación y autogobierno. En sus estatutos sedeberá precisar la actividad socioeconómica que desarrollarán, encaminada al cumplimiento de su naturaleza, en cuanto a la generación de un trabajo, en los términos que determinan los organismos nacionales e internacionales, sobre la materia. PARÁGRAFO. Las Cooperativas de Trabajo Asociado cuya actividad sea la prestación de servicios a los sectores de salud, transporte, vigilancia y seguridadprivada y educación, deberán ser especializadas en la respectiva rama de la actividad; en consecuencia, las cooperativas que actualmente prestan estos servicios en concurrencia con otro u otros, deberán desmontarlos, especializarse y registrarse en la respectiva superintendencia o entidad que regula la actividad ARTÍCULO 6º. CONDICIONES PARA CONTRATAR CON TERCEROS. Las Cooperativas y Precooperativas deTrabajo Asociado, podrán contratar con terceros la producción de bienes, la ejecución de obras y la prestación de servicios, siempre que respondan a la ejecución de un proceso total en favor de otras cooperativas o de terceros en general, cuyo propósito final sea un resultado específico. Los procesos también podrán contratarse en forma parcial o por subprocesos, correspondientes a las diferentes...
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