Decreto nº 1471/03 reglamentario de la ley nº 8802-consejo de la magistratura-
REGLAMENTARIO DE LA LEY Nº 8802-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA-
Córdoba, 12 de septiembre de 2003
VISTO: La Ley Nro. 9119 por la que se reestablece la vigencia de la Ley Nro. 8802 y su modificatoria Nro. 9051.
Y CONSIDERANDO:
Que por la ley precitada se reestablece la vigencia del Consejo de la Magistratura y asimismo se introducen modificaciones a la Ley Nro. 8802–reformada por la Ley Nro. 9051-, imponiéndose, en consecuencia, la necesidad de dictar una nueva reglamentación del mencionado cuerpo legal, y derogar el Decreto Nro. 2345/99 y toda otra norma reglamentaria que se oponga a las disposiciones que se establecen por el presente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 144, inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, ylo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo Nro. 1472/03
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- REGLAMÉNTANSE los Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 36 y 37 de la Ley Nro. 8802 –reformada por las Leyes Nros. 9051 y 9119- conforme al texto que como Anexo Único compuesto de 5 (cinco) fojas, forma parteintegrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DERÓGASE el Decreto Nro. 2345/99 y toda otra norma reglamentaria que se oponga a las disposiciones que se establecen por el presente, el que se aplicará a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 3º.- EL presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Seguridad y por el Señor Fiscal de Estado, y firmado por el Señor Secretario deJusticia.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE , comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DE LA SOTA-DAVID-ALESANDRI-LÓPEZ AMAYA
NOTICIAS ACCESORIAS
FUENTE DE PUBLICACIÓN
B.O. 19.09.03
FECHA DE EMISIÓN: 12.09.03
CANTIDAD DE ARTÍCULOS QUE COMPONEN LA NORMA: 4
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ANEXO ÚNICODEL DECRETO Nº 1471/03 REGLAMENTARIO DE LA LNº 8802-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ARTÍCULO 1.- El Consejo de la Magistratura cumplirá sus funciones en el ámbito de la Secretaría de Justicia de la Provincia.-
ARTÍCULO 2.- El Consejo de la Magistratura se designará en este Decreto como “Consejo” y sus integrantes como “Consejeros”.-
ARTÍCULO 3.- 3.1.- En la primera sesión del Consejo, supresidente informará sobre los miembros del Tribunal Superior de Justicia designados como suplentes.-
3.2.- El Poder Ejecutivo comunicará al Presidente del Consejo, el nombre de quienes actuarán como suplentes del Secretario de Justicia en el Consejo de la Magistratura.-
3.3.- El Tribunal Superior de Justicia proclamará a los Jueces, Fiscales y Abogados de la matrícula que resulten electos paraintegrar el Consejo.-
3.4.- El Secretario de Justicia de la Provincia solicitará a la Academia Nacional de Derecho de Córdoba que designe a los miembros que la representarán en el Consejo de la Magistratura y comunicará las designaciones a su Presidente.-
3.5.-3.5.- Los miembros suplentes reemplazarán automáticamente –en el orden en que fueron nominados– a los titulares, sin necesidad deformalidad alguna, con su sola presencia en las reuniones y la inasistencia del titular.-
3.6.- En caso de ausencia definitiva, los suplentes -en el orden en que fueron nominados– asumirán como titulares para completar el mandato.-
3.7.- En caso de impedimento o ausencia definitiva de los miembros titulares y suplentes a que se refiere el Artículo 2, incisos 3, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley, elPresidente del Consejo procederá de la siguiente manera:
1) Si se tratare de los Legisladores, solicitará a la Legislatura Unicameral, que designe a sus nuevos representantes;
2) Si se tratare de los miembros de la Academia, solicitará a la misma que designe nuevos representantes;
3) Si se tratare de Jueces y Fiscales o Abogados, convocará a elección al sector de que se trate, a...
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