Decreto Que Modifica La Ley General De Salud
DECRETO por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 79 de la Ley General de Salud.
Al margen un sello con el EscudoNacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el HonorableCongreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
SE REFORMA EL ARTÍCULO 79 DE LA LEY GENERAL DE SALUD. Artículo Único.- Se reforma el párrafo segundo del artículo 79 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 79.- Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina,odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas, y las demás que establezcan otrasdisposiciones legales aplicables, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. Para el ejercicio de actividades técnicas y auxiliares que requieran conocimientos específicos en el campo de la atención médica prehospitalaria, medicina, odontología, veterinaria, enfermería,laboratorio clínico, radiología, terapia física, terapia ocupacional, terapia del lenguaje, prótesis y órtesis, trabajo social, nutrición, citotecnología, patología, bioestadística, codificaciónclínica, bioterios, farmacia, saneamiento, histopatología y embalsamiento y sus ramas, se requiere que los diplomas correspondientes hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridadeseducativas competentes.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. La...
Regístrate para leer el documento completo.