Decreto Salarios 2015

Páginas: 5 (1209 palabras) Publicado: 9 de febrero de 2015
FIJACIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS PARA EL SECTOR PRIVADO QUE REGIRÁN A
PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2015
Decreto Ejecutivo No. 38728 MTSS del 10 de noviembre del 2014
Publicado en La Gaceta No. 235 del 05 diciembre del 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En ejercicio de las potestades conferidas en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la ConstituciónPolítica y la Ley Nº 832 del 4 de noviembre de 1949 y sus reformas.
Considerando:
I.- Que el Consejo Nacional de Salarios, en el ejercicio de las potestades conferidas en la Ley Nº
832 del 4 de noviembre de 1949 y el Reglamento a dicha Ley, publicado mediante el Decreto Nº
25619-MTSS y su reformas y según el Acta Nº 5317 del 27 de octubre 2014, aprobó la respectiva
determinación de SalariosMínimos que han de regir a partir del 1º de enero del año 2015. Por
tanto,
DECRETAN:
FIJACIÓN DE SALARIOS MÍNIMOS PARA EL SECTOR PRIVADO QUE REGIRÁN A
PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2015
Artículo 1.- Fíjanse los salarios mínimos que regirán en todo el país a partir del 1º de enero de
2015, de la siguiente manera:
1A- AGRICULTURA, (Subsectores: Agrícola, Ganadero, Silvícola, Pesquero), EXPLOTACIÓN
DEMINAS Y CANTERAS, INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, CONSTRUCCIÓN,
ELECTRICIDAD,
COMERCIO,
TURISMO,
SERVICIOS,
TRANSPORTES
Y
ALMACENAMIENTOS. (Por jornada ordinaria)
Trabajadores no calificados
Trabajadores
semicalificados
Trabajadores calificados
Trabajadores especializados

¢ 9.509,34
¢10.340,74
¢10.531,09
¢12.421,15

A los trabajadores que realicen labores ya reconocidas comopesadas, insalubres o peligrosas y las
que llegasen a ser determinadas como tales por el organismo competente, se les fijará un salario por
hora equivalente a la sexta parte del salario fijado por jornada para el trabajador no calificado.
Las ocupaciones en Pesca y Transporte acuático, cuando impliquen imposibilidad para el trabajador
de regresar al lugar de partida inicial al finalizar su jornadaordinaria, tienen derecho a la
alimentación.
1B- GENÉRICOS (por mes)
Trabajadores no calificados
Trabajadores semicalificados

¢283.799,64
¢305.323,98

Trabajadores calificados

¢320.961,11

Técnicos medios de educación ¢336.344,36
diversificada
Trabajadores especializados
¢360.435,70

Técnicos de educación superior

¢414.507,41

Diplomados de educación superior

¢447.683,50Bachilleres universitarios

¢507.779,05

Licenciados universitarios

¢609.355,75

En todo caso en que por disposición legal o administrativa se pida al trabajador determinado título
académico de los aquí incluidos, se le debe pagar el salario mínimo correspondiente, excepto si las
tareas que desempeña están catalogadas en una categoría ocupacional superior de cualquier capítulosalarial de este Decreto, en cuyo caso regirá el salario de esa categoría y no el correspondiente al
título académico.
Los salarios para profesionales aquí incluidos rigen para aquellos trabajadores debidamente
incorporados y autorizados por el Colegio Profesional respectivo, con excepción de los trabajadores
y profesionales en enfermería, quienes se rigen en esta materia por la Ley Nº 7085 del 20de octubre
de 1987 y su Reglamento.
Los profesionales contratados en las condiciones señaladas en los dos párrafos anteriores, que estén
sujetos a disponibilidad, bajo los límites señalados en el artículo 143 del Código de Trabajo, tendrán
derecho a percibir un 23% adicional sobre el salario mínimo estipulado según su grado académico
de Bachilleres o Licenciados universitarios.
1C-RELATIVOA FIJACIONES ESPECÍFICAS
Recolectores de café (por cajuela)
Recolectores de coyol (por kilo)
Servicio doméstico (por mes)
Trabajadores de especialización superior [1]
Periodistas contratados como tales
(Incluye el 23% en razón de su
disponibilidad) (por mes)

¢905,42
¢29,77
¢169.142,26
¢19.276,35
¢750.481,33

Estibadores: ¢1,30 por caja de banano, ¢80,78 por tonelada, ¢344,51...
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