Decreto Supremo 2480 Subsidio Universal Prenatal por la Vida. Bolivia
DECRETO SUPREMO N° 2480
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo V del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, dispone que las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodosprenatal y posnatal.
Que el Artículo 58 del Texto Constitucional, determina que las niñas, niños y adolescentes son titulares de los derechos reconocidos en la Constitución, con los límites establecidos en ésta, y de los derechos específicos inherentes a su proceso de desarrollo; a su identidad étnica, sociocultural, de género y generacional; y a la satisfacción de sus necesidades, intereses yaspiraciones.
Que el Parágrafo V del Artículo 306 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado tiene como máximo valor al ser humano y asegurará el desarrollo mediante la redistribución equitativa de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educación, cultura y en la reinversión en desarrollo económico productivo.
Que el Artículo 2 del Código de Salud, señalaque la Salud es un bien de interés público, corresponde al Estado velar por la salud del individuo, la familia y la población en su totalidad. Asimismo, el Artículo 3 del Código de Salud, establece que corresponde al Poder Ejecutivo actual Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, actual Ministerio de Salud, quien definirá la política de salud, la normativa,planificación, control y coordinación de todas las actividades en el territorio nacional, en instituciones públicas y privadas sin excepción alguna.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0066, de 3 de abril de 2009, dispone que en el marco del Programa de Desnutrición Cero y las políticas de erradicación de extrema pobreza, el pago del Bono Madre Niño - Niña “Juana Azurduy” tiene por finalidadhacer efectivos los derechos fundamentales de acceso a la salud y desarrollo integral consagrados en la Constitución Política del Estado, para disminuir los niveles de mortalidad materna e infantil y la desnutrición crónica de los niños y niñas menores de dos (2) años.
Que la Ley Nº 650, de 15 de enero de 2015, eleva a rango de Ley, la “Agenda Patriótica del Bicentenario 2025”, que contiene los trece(13) pilares de la Bolivia Digna y Soberana, siendo el pilar 1 “Erradicación de la extrema pobreza”, que establece la erradicación de la pobreza de manera integral, luchando contra la pobreza material, espiritual y social considerando al ser humano como parte de un sistema más grande, por lo que se busca un desarrollo integral hacia el Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra.
Que con elpropósito de dar cumplimiento al mandato Constitucional, el Gobierno del Estado Plurinacional ha tomado la decisión de instituir el “Subsidio Universal Prenatal por la Vida” a fin de mejorar y complementar la asistencia y protección a partir del quinto mes de gestación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto instituir el “Subsidio UniversalPrenatal por la Vida” para mujeres gestantes que no están registradas en ningún Ente Gestor del Seguro Social de Corto Plazo, con la finalidad de mejorar la salud materna y reducir la mortalidad neonatal.
ARTÍCULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN). El presente Decreto Supremo tiene aplicación en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 3.- (“SUBSIDIO UNIVERSAL PRENATAL POR LAVIDA”).
I. Se instituye el “Subsidio Universal Prenatal por la Vida” para la madre gestante que no está registrada en ningún Ente Gestor del Seguro Social de Corto Plazo.
II. El “Subsidio Universal Prenatal por la Vida” consiste en la entrega a la madre gestante beneficiaria de cuatro (4) paquetes de productos en especie equivalentes cada uno a un monto de Bs300.- (TRESCIENTOS 00/100...
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