Decreto supremo nº 080-2001-pcm
Contenido Artículo 1.- El presente Reglamento, regula la presentación de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentasde las personas comprendidas en el Artículo 2 de la Ley Nº 27482, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado. TITULO SEGUNDO DE LOS OBJETIVOS Objetivos Artículo 2.- Son objetivos del presente Reglamento: a) Normar la obligatoriedad de la presentación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los Funcionarios y ServidoresPúblicos del Estado; b) Regular el procedimiento para la publicación de las Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas; c) Establecer las disposiciones que regulen el procedimiento de Supervisión y Archivo de las Declaraciones Juradas presentadas; d) Determinar conforme a la Ley Nº 27482, la precisión de los obligados a presentar la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas. TITULOTERCERO DE LOS SUJETOS OBLIGADOS De los Obligados Artículo 3.- Están obligados a presentar Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, las personas que se encuentren comprendidas en el Artículo 2 de la Ley Nº 27482, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado. Para efectos del presente Reglamento se denominarán “Los Obligados”. Se encuentrancomprendidos los siguientes: a) El Presidente de la República y Vicepresidentes; Presidente del Congreso, Congresistas de la República; Ministros de Estado y Viceministros; Presidente de la Corte Suprema, Vocales Supremos, Superiores y Jueces Especializados o Mixtos; Fiscal de la Nación, Fiscales Supremos, Superiores y Provinciales los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de laMagistratura y del Jurado Nacional de Elecciones; el Presidente, Directores, Gerente General y funcionarios de Alta Dirección del Banco Central de Reserva del Perú; el Defensor del Pueblo, el Defensor del Pueblo Adjunto; el Contralor General de la República, el Sub Contralor General; el Superintendente de Banca y Seguros; el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, el Superintendente...
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