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domingo, 24 de agosto de 2014 Publicado por Amanda Muñoz
01. IntroducciónTamaño de Texto:Imprimir
La SUNAT, en base a la facultad establecida en el Artículo36° del Código Tributario, y según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 132-2007-EF, ha emitido la Resolución de Superintendencia N° 176-2007/SUNAT por la cuál pone adisposición de los contribuyentes un esquema de refinanciamiento de deuda tributaria, cuya característica principal es su simplicidad, el cuál estará vigente a partir del 1ro deoctubre de 2007.
Mediante el refinanciamiento, aquellos contribuyentes que se acogieron a un aplazamiento y/o fraccionamiento particular de acuerdo a lo señalado en elartículo 36° del Código Tributario, incluido el Régimen Excepcional de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (REAF), podrán refinanciar el saldo de deuda ya sea que se encuentrevigente o con causal de pérdida.
Asimismo, una vez que se emita la Resolución Aprobatoria del refinanciamiento, se están dando facilidades para el pago fraccionado de lasdeudas que no hayan sido materia de un fraccionamiento particular anterior.
Para acceder a refinanciamiento, el contribuyente debe cumplir con ciertos requisitos, los cualesestán relacionados principalmente, a la condición del estado de domicilio fiscal, y no encontrarse en proceso de liquidación judicial o extrajudicial.
Cabe indicar que,una vez otorgado el refinanciamiento, se debe cumplir con cancelar las cuotas mensuales en las fechas previstas, a efectos de evitar la pérdida y la cobranza coactiva
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