decreto
(Julio 27)
Por el cual se autoriza el procedimiento de microfilm en los archivos y se conduce valor probatorio a las copias fotostáticas de los documentos microfilmados.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 3518 de 1949 se declaró turbado elorden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;
Que es conveniente darle mayor seguridad a los archivos, tanto oficiales de la Administración Pública, como a los demás interés colectivo, especialmente a los de las instituciones de crédito y las entidades vinculadas a la economía y a la cultura patria;
Que la técnica moderna permite, por el procedimiento de microfilm, conservar losarchivos en las mejores condiciones de seguridad, economía y eficacia, por lo cual se hace no sólo lícita sino aconsejable la microfilmación;
Que corresponde al Gobierno a la organización de los archivos oficiales, procurando su tecnificación para el mejoramiento de la Administración pública, y la fijación de condiciones para la validez con mérito probatorio de las copias de documentos públicos yprivados,
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorizase el uso del procedimiento de microfilmación en los archivos oficiales de la Administración Pública nacional, departamental y municipal, y también en los archivos particulares de las personas naturales o jurídicas, de acuerdo con las normas contenidas en este Decreto.
Artículo 2º.- Modificado por el Decreto Nacional 3354 de 1954 . No se podrámicrofilmar ningún documento, ni ser destruido después de ser microfilmado, sino cuando el original haya sido sometido al trámite normal y conservado durante el tiempo que la prudencia y la costumbre aconsejen en cada caso, de acuerdo con su naturaleza.
Al someter a la microfilmación cualquier documento, debe tenerse el cuidado de que quede copiado en la cinta íntegramente y con absoluta fidelidad, de talmodo que queda prohibido hacerles recortes, dobleces, enmendaduras o cualquier adulteración, con pena de perder su valor probatorio.
El procedimiento de microfilm deberá aplicarse en los archivos oficiales de la Administración Nacional, Departamental y Municipal, y en los de las instituciones de crédito y demás entidades sometidas a la supervigilancia del Estado, cumpliendo las disposiciones deeste Decreto y las que para cada caso establezca la correspondiente autoridad, sea Ministerio, Gobernación, Alcaldía, Superintendencia o junta directiva.
Artículo 3º.- Al comienzo de cada rollo de película en que se vayan a microfilmar documentos, o material de un archivo, deben hacerse las siguientes anotaciones:
1) Número de orden del rollo y fecha en que se comienza;
2) Nombre de la entidado persona a quien pertenezca el archivo;
3) La determinación del material que se va a copiar en él y;
4) El nombre y la firma de la persona bajo cuya responsabilidad se hizo la microfilmación,
Artículo 4º.- Los documentos o el material que sea microfilmado y que haya quedado correctamente copiado en la cinta, podrá ser (sic) destruido después de eso, preferentemente por laincineración. Derogado por la Ley 80 de 1989
Al final del rollo, inmediatamente después del último documento que contenga, se copiará un acta en que conste:
1. La fecha en que se terminó de filmar el respectivo rollo o cinta;
2. El número de orden del rollo y la cantidad de documentos que contiene, a ser posible con una lista o detalles de ellos;
3. El estado en que haya quedado filmada la cinta, expresando losvicios que tenga, los espacios en blanco que hayan quedado, las correcciones o recortes que se le hayan hecho, etc.;
4. El nombre y la firma de la persona bajo cuya responsabilidad se hizo la microfilmación del respectivo rollo, y
5. La certificación jurada de que todo el material que aparece en el rollo fue destruido, con la expresión de la forma y fecha en que se hizo, firmada por el que la...
Regístrate para leer el documento completo.