Decreto0923

Páginas: 18 (4364 palabras) Publicado: 2 de mayo de 2012
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

DECRETO NÚMERO 923

30 MAR 2005
Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la PolicíaNacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLlCA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 4a. de 1992,fijase la siguiente escala gradual porcentual para el personal de oficiales, suboficiales, miembros del nivel ejecutivo y agentes de la Fuerza Pública.

Los sueldos básicos mensuales para el personal a que se refiere este artículo, corresponderán al porcentaje que se indica para cada grado, con respecto a la asignación básica del grado de General.


OFICIALES

GENERAL 100.0000 %MAYOR GENERAL 96.9064%
BRIGADIER GENERAL 86.6242%
CORONEL 67.1283%
TENIENTE CORONEL 52.3616%
MAYOR 45.5288%
CAPIT AN 37.4682%
TENIENTE 32.7292%
SUBTENIENTE 28.9366%

SUBOFICIALES

SARGENTO MAYOR 32.5610%
SARGENTO PRIMERO 27.9765%
SARGENTO VICEPRIMERO 25.3223%
SARGENTO SEGUNDO23.1383%
CABO PRIMERO 21.4023%
CABO SEGUNDO 20.7473%,
CABO TERCERO 20.0996%

NIVEL EJECUTIVO

COMISARIO 52.7816%










SUBCOMISARIO 44.8164%
INTENDENTE JEFE 42.6660%
INTENDENTE 40.5007%
SUBINTENDENTE 31.8202%
PATRULLERO 25.3733%


AGENTES DE LOS CUERPOS PROFESIONAL Y PROFESIONAL ESPECIAL DE LAPOLICÍA NACIONAL

Con antigüedad inferior a 5 años de servicio 15.5903 %
Con antigüedad de 5 años y hasta menos de 10 18.3534 %
Con antigüedad de 10 o más años de servicio 18.8179 %

Parágrafo 1. Las asignaciones básicas calculadas en los porcentajes anteriores se aproximarán al peso superior.

Parágrafo 2. Los tenientes primeros de la Armada Nacional tendrán el mismosueldo básico fijado para los Tenientes de Fragata.

Parágrafo 3. Los aumentos salariales para la Fuerza Pública que decrete el Gobierno para futuras vigencias fiscales, serán en todo caso iguales a los que se establezcan para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del poder público en el nivel nacional.

ARTICULO 2. Los Oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en losgrados de General y Almirante, percibirán por todo concepto una asignación mensual igual a la que devenguen los Ministros del Despacho como asignación básica y gastos de representación, en todo tiempo, distribuida así: el cuarenta y cinco por ciento (45%) como sueldo básico y el cincuenta y cinco por ciento (55%) como prima de alto mando. Esta última no tendrá carácter salarial para ningún efectolegal.

Parágrafo. Los Oficiales Generales y Almirantes a que se refiere este artículo tendrán derecho a la Prima de Dirección y demás primas que devenguen los Ministros del Despacho.

La Prima de Dirección no será factor salarial para ningún efecto legal, se pagará mensualmente y es compatible con la Prima de Alto Mando a que tienen derecho los Oficiales en estos grados.

En ningún caso losOficiales Generales y Almirantes podrán percibir una remuneración superior a la prevista para los Ministros del Despacho.

ARTICULO 3. Los Oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en los grados de Mayor General y Vicealmirante, tendrán derecho a las asignaciones básicas señaladas en el artículo 1o. del presente decreto, y a primas mensuales equivalentes al cincuenta y tres...
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