Decretos reglamentario contratacion 2009
(Junio 03)
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2474 de 2008 y se dictan otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 80 de 1993 y de la Ley 1150 de 2007
DECRETA
Artículo 1.Adiciónese un tercer parágrafo al artículo 5 del Decreto 2474 de 2008 del siguiente tenor:
Parágrafo 3. Para los efectos del numeral 3 del presente artículo, en el cronograma de las licitaciones públicas se señalará con precisión el plazo a que se refiere el primer inciso del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, teniendo en cuenta que de manera previa al inicio del mismo, se deberárealizar en audiencia la revisión de la asignación de los riesgos consagrada en el segundo inciso del articulo 4 de la Ley 1150 de 2007,
Artículo 2. Modifíquese el articulo 7 del Decreto 2474 de 2008, el cual quedará así:
Artículo 7°. Modificación del pliego de condiciones.
La modificación del pliego de condiciones se realizará a través de adendas. La entidad señalará en el pliego de condicionesel plazo máximo dentro del cual puedan expedirse adendas, o, a falta de tal previsión, señalará al adoptarlas la extensión del término de cierre que resulte necesaria, en uno y en otro caso, para que los proponentes cuenten con el tiempo suficiente que les permita ajustar sus propuestas a las modificaciones realizadas, Salvo en el evento previsto en el segundo inciso del numeral 5 del artículo 30de la Ley 80 de 1993 para la prórroga del plazo en la licitación pública, en ningún otro caso podrán expedirse y publicarse adendas el mismo día en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para la adición del término previsto para ello.
Parágrafo 1. En el evento en el que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda deberá incluir el nuevocronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido del acto de apertura del proceso.
Parágrafo 2. Para efecto de lo dispuesto en los numerales 4 y 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, se entenderá que han retirado el respectivo pliego de condiciones del proceso licitatorio, quienes hayan presentado observaciones al proyecto de pliego de condiciones, o hayan asistido a laaudiencia de reparto de riesgo a que se refiere el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007.
Artículo 3. Derogado por el art. 6, Decreto Nacional 3576 de 2009. Modifíquese el artículo 46 del Decreto 2474 de 2008, el cual quedará así:
Articulo 46. Contratación de mínima cuantía.
Cuando el valor del contrato a celebrar sea igualo inferior al diez por ciento (10%) de la menor cuantía, la entidad podrácontratar tomando como única consideración las condiciones del mercado, sin que se requiera obtener previamente varias ofertas. Del
análisis que haga la entidad a efecto de establecer las condiciones de mercado, se dejará constancia escrita en el respectivo expediente de la contratación.
Cuando la entidad adquiera bienes o servicios en establecimientos que correspondan a la definición de "gran almacén"señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, se presumirá que ha adquirido a precios de mercado.
El contrato así celebrado podrá constar en un documento firmado por las partes, o mediante intercambio de documentos escritos entre la entidad y el contratista, o mediante la factura presentada por el proveedor de bienes o servicios aceptada por la entidad, o en órdenes de trabajo, comprao de servicio, o en cualquíer otro instrumento siempre que el mismo reúna las condiciones de existencia y validez del negocio jurídico.
En la contratación de mínima cuantía no se dará aplicación a lo señalado en el título I del presente decreto, sin perjuicio que la entidad cuente con los respectivos estudios y documentos previos que la justifiquen.
Parágrafo. Lo señalado en el presente artículo...
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