Decretos
Legislación Alimentaria
Profesora:
María de los Ángeles Vargas Rosales
Alumnos:
Jennifer Valverde Mata
Tatiana Hernández Morales
Laura Oses Marín
Yery Espinosa MolinaMiguel Suarez Jiménez
DECRETOS
DECRETO 5395
Ley general de salud
ART: 200
Queda estrictamente prohibido importar, elaborar, usar, poseer para vender, comerciar, traspasar a títulogratuito, manipular, distribuir y almacenar, alimentos alterados o deteriorados, contaminados, adulterados o falsificados.
ART: 201
Se entiende por alimento alterado o deteriorado, para los efectos deesta ley y sus reglamentos, aquel quepor cualquier causa natural ah sufrido perjuicio o cambio en sus características básicas, química, o biológicas.
ART: 211
Se prohíbe la importación de alimentocuyo comercio, distribución y consumo n estén autorizados en el país de origen.
Queda prohibido a los administrados de aduana permitir el desalmacenaje de productos alimenticios de uso humano o sinautorización previa del ministerio.
ART: 217
Los dueños o encargados de establecimientos de alimentos, instalados en operación, deberán solicitar permiso para proceder a la modificación de suestablecimiento.
ART: 237
Queda prohibida toda propaganda que atribuya propiedades terapéuticas a los alimentos o que induzca a error o engaño al público encanto a la naturaleza, calidad, propiedades uorigen de alimentos.
DECRETO 19479-S
Reglamento de los servicios de alimentación al público
ART: 5
Queda prohibido elaborar, comerciar, manipular y distribuir alimentos deteriorados,contaminados, adulterados o falsificados.
ART: 28
Los servicios de alimentación al público, deberán estar diseñados y contar con las medidas necesarias para minimizar la presencia y mantenimiento deinsectos y roedores.
ART: 55
Se prohíbe la utilización de equipo y utensilios aboyados, agrietados, oxidados o astillados,
ART: 74
Deberán contar con el carnet de salud de manipulador de alimentos...
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