DecretoSupremo163
Páginas: 14 (3286 palabras)
Publicado: 9 de abril de 2015
POR CALLES Y CAMINOS
----------------------------------------(Publicado en el Diario Oficial de 04 de enero de 1985)
Núm. 163, Santiago, 14 de diciembre de 1984.
VISTOS: El Decreto con Fuerza de Ley Nº 279, de 1960; el Decreto Ley Nº 557, de 1974; las
Leyes Nºs 18.059 y 18.290 y la Constitución Política de la República de Chile;
CONSIDERANDO:
Que esconveniente refundir en un solo texto el reglamento de los servicios de transporte por
calles y caminos; como asimismo adecuar estas disposiciones a la Ley de Tránsito Nº 18.290,
D E C R E T O:
ARTICULOS 1º al 5º ()
ARTICULOS 6º al 11º ()
ARTICULO 12º Prohíbese la circulación de todo vehículo de transporte remunerado de
pasajeros o de carga con capacidad para transportar más de 1.750 kilos, que porsu
tubo de escape emita contaminantes en concentraciones superiores a los máximos fijados por
este Ministerio.
ARTICULO 13º Sin perjuicio de la revisión del sistema de combustión interna de los vehículos
indicados en el artículo precedente que deben efectuar las Plantas Revisoras autorizadas por el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, éste podrá ordenar otras revisiones anuales si
loestima necesario, teniendo en cuenta los años de uso del vehículo, la naturaleza de los
servicios a que haya sido destinado, su estado de conservación y el nivel de concentración de los
contaminantes en la atmósfera.
Lo dispuesto en el inciso anterior es sin perjuicio de las revisiones que decreten los Juzgados de
Policía Local en los casos particulares de que conozcan y de las que efectúenCarabineros de
Chile e Inspectores Municipales en la vía pública, para prevenir los daños a la salud humana y
conservar la calidad del aire.
ARTICULO 14º Los neumáticos de los vehículos de locomoción colectiva, de los taxis del
servicio básico y turismo y de los vehículos de carga deberán tener una banda de rodamiento
cuyo dibujo tenga la profundidad que se señala a continuación:
BUSES, TAXIBUSES, MINIBUSES: por lo menos 2 milímetros
TAXIS : por lo menos 1,6 milímetros
Prohíbese, en los vehículos de locomoción colectiva, de carga, y en los taxis básicos y de turismo
el uso de neumáticos redibujados; entendiéndose por "redibujado", el dibujo en profundidad que
se hace a la superficie de rodado desgastada del neumático.
Se entenderá que los vehículos de locomoción colectiva, de carga y los taxisbásicos y turismo
que usen neumáticos redibujados, han perdido sus condiciones de seguridad, por lo que podrán
ser retirados de la circulación, de acuerdo con el artículo 98º de la Ley Nº 18.290.
ARTICULO 15º Los extintores de incendio que, de acuerdo con el artículo 79º, Nº 6, de la Ley
de Tránsito Nº 18.290, deben llevar los vehículos de locomoción colectiva, de carga y los taxis
básicos, colectivosy de turismo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Deberán ser a base de anhídrido de carbono o polvo químico seco;
b) Deberán tener como mínimo las siguientes capacidades de acuerdo al tipo de vehículo;
VEHICULOS DE CARGA
Entre 1.750 y 12.000 Kgs. : 1 ó 2 extintores con una
de capacidad de carga capacidad total de 4 kilos.
12.000 o más Kgs. de capa- : 1 ó 2 extintores con una
cidadde carga capacidad total de 6 kilos.
VEHICULOS DE PASAJEROS
- Que efectúen servicios urbanos :
Taxis : 1 extintor de un kilo, a lo
menos.
Minibuses y Taxibuses : 1 extintor
de 2 kilos, a lo menos.
Buses : 1 ó 2 extintores con una
capacidad total de 4 kilos, a lo
menos.
- Que efectúen servicios no urbanos:
Taxis : 1 extintor de un kilo, a lo
menos.
Minibuses : 1 extintor de 2 kilos, a lo
menos.Taxibuses : 1 ó 2 extintores con una
capacidad total de 4 kilos, a lo
menos.
Buses : 1 ó 2 extintores con una
capacidad total de 6 kilos, a lo
menos.
c) Deberán estar permanentemente en situación de uso, con su carga completa y ubicados
de tal manera que puedan usarse en forma pronta y segura;
d) Deberán cumplir con las normas chilenas oficiales correspondiente sobre extintores
portátiles,...
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