DEDUCCIONES 4TA CATEGORIA

Páginas: 24 (5782 palabras) Publicado: 12 de marzo de 2014
TÍTULO:
1 - Cuarta categoría. Deducciones no efectuadas por el empleador
AUTOR/ES:
Chamatrópulo, Miguel Á.
PUBLICACIÓN:
Doctrina Tributaria ERREPAR (DTE)
TOMO/BOLETÍN:
XXXII
PÁGINA:
64
MES:
Enero
AÑO:
2011
OTROS DATOS:
-
 
27/12/2010
 
MIGUEL Á. CHAMATRÓPULO
 
I.DT.370.CT.1
1 - Cuarta categoría. Deducciones no efectuadas por el empleador
P.: En el caso de un empleadosometido al régimen de retenciones de la cuarta categoría, el empleador se ciñe estrictamente a la norma que regula el régimen de retenciones y no admite el cómputo de otros gastos que resultarían deducibles. A raíz de ello se generan todos los años pagos en exceso en el gravamen. ¿Cómo puede resolverse el tema?
R.: Es correcto que el agente de retención solo admita las deducciones dispuestas en elAnexo III de la resolución general (AFIP) 2437, y en la medida que, de proceder, el empleado cumpla con sus deberes de información.
No obstante es posible que existan otras deducciones vinculadas a la obtención, mantenimiento y conservación de ganancias gravadas en el marco del artículo 80 de la ley de impuesto a las ganancias  (LIG) y que el contribuyente tiene derecho a computar, reduciendola carga impositiva. Nos referimos en general a todos aquellos gastos vinculados a la actividad ejercida y que no sean reembolsables por el empleador (cursos de actualización, teléfono, automóvil, etc.).
Pero la mecánica para hacerlo exige que sea el propio sujeto quien presente las declaraciones juradas anuales ante la AFIP, de manera que el cómputo recién operará anualmente y no en cada mes enque se practiquen las retenciones.
Por lo demás, la propia resolución general (AFIP) 2437 establece en su artículo 11, inciso c) que los sujetos pasibles de retención deberán cumplir con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuesto a las ganancias en las condiciones, plazos y formas establecidas para la generalidad de los contribuyentes, cuando existan conceptos no comprendidosen el Anexo III, susceptibles de ser deducidos, que quieran ser computados en la respectiva liquidación.
En cuanto a la posibilidad de que a raíz de tal cómputo la reducción de la base de imposición genere saldos a favor, ello no presenta problemas atento a que se tratará de saldos de libre disponibilidad, computables contra el mismo (también en la declaración jurada anual) u otros gravámenes. 

Pregunta Nº 11
Un trabajador en relación de dependencia abonó, durante el mes de abril del corriente año 2010, las primas de su seguro de vida contratado con una empresa local regulada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, correspondientes a la cobertura con vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, por un monto de $ 2.000.
Se solicita indicar si el montomencionado resulta deducible a los fines de determinar la retención de impuesto a las ganancias a practicar por su empleador, bajo el régimen de la resolución general (AFIP) 2437, y la oportunidad en que ello ocurriría.
RESPUESTA PROPUESTA
El concepto mencionado resulta deducible, conforme lo establece el inciso d) del Anexo III de la resolución general (AFIP) 2437, al cual remite el artículo 7,inciso a), de la citada disposición (determinación de la ganancia neta).
El monto máximo anual a deducir, según lo establece el artículo 81, inciso b), de la ley del gravamen, es de $ 996,23.
El referido concepto no se encuentra contemplado entre aquellos cuya deducción resulta proporcional a los meses del año fiscal (año calendario) que hubieran transcurrido desde su inicio hasta el momento deliquidación de la retención, conforme la tabla anexa a la resolución del Organismo Fiscal [Anexo IV, apart. A)].
En consecuencia, en la liquidación de la retención a practicar con relación al mes en que se abonó el concepto bajo consideración, procede la deducción de la suma pagada hasta el límite máximo anual antes mencionado.
En el caso, procederá la deducción de $ 996,23 en la liquidación...
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