Deducciones Colegiaturas
El administrador central de Comunicación Institucional del SAT, Pedro Canabal Hermida, informó que,tras el decreto publicado en febrero de 2011 en el DiarioOficial de la Federación, la declaración anual incluirá el concepto colegiaturas, las cuales podrán deducirse antes del 30 de abril siempre ycuando los contribuyentes tengan los documentos fiscales que acrediten esa deducción.
No obstante, advirtió que habrá quienes no puedan concretar ese beneficio, porque no tendrán los requisitosespecíficos, ya que el SAT estima que, por ser la primera vez que se realiza ese trámite fiscal, surgirán contribuyentes con documentos incompletos o no válidos, como notas de remisión o facturas sindatos completos.
Pero más allá de errores fiscales para ese concepto, el funcionario destacó que con la deducción de colegiaturas también podrán detectar “escuelas patito”, ya sea porque no tienen elreconocimiento de validez oficial de la SEP, no registraron la razón social que dicen tener o no están al corriente en el pago de impuestos.
Entrevistado por Excélsior, subrayó que para hacerefectivas las facturas emitidas por los planteles particulares tuvieron que hacer una revisión exhaustiva de las escuelas que cumplen con los términos fiscales.
“Tenemos alrededor de 28 mil escuelasen todo el país detectadas que están en el supuesto de ser escuelas privadas que prestan ese servicio, pero también hemos observado que otras no están tributando correctamente o no tienenreconocimiento de la SEP o no están emitiendo comprobantes fiscales que sean válidos”, puntualizó el funcionario.
Ante esas irregularidades dijo que el SAT prevé que habrá contribuyentes que no podrán hacer...
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