Deducciones personales
-Honorarios Médicos y Dentales.
-Hospitalarios. Incluyéndose en estos los estrictamenteindispensables por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente; prótesis, medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales;honorarios a enfermeras; análisis y estudios clínicos.
En ningún caso son deducibles las medicinas compradas en farmacias ni los pagos por concepto de cuotas por servicios médicos a institucionespublicas o de seguridad social.
-Funerarios. Por concepto solo se puede deducir el equivalente a un salario mínimo general anual de su área geográfica .
Los gastos para cubrir funerales afuturo, se deducirán hasta el año de calendario en que se utilicen los servicios funerarios respectivos.
Todos los gastos por honorarios médicos y dentales, hospitalarios y funerarios, son deduciblescuando se hayan realizado para usted, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, ascendientes y descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no hubieran percibidoingresos en el año del calendario anterior, en calidad igual o superior a un salario mínimo general de su área geográfica, elevado al año
-Donativos no Onerosos ni Remunerativos (gratuitos); endecir, que no se otorguen imponiendo algún gravamen a cambio de servicios que reciba el donante.
-Trasporte Escolar (solo cuando la escuela de que se trate, obligue a todos sus alumnos a pagareste servicio).
-Las Primas de Seguros de Gastos Médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones publicas de seguro social, siempre que elbeneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en combinación, o sus ascendientes o descendientes en línea recta.
-El Importe de los Depósitos en las...
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