DEDUCCIONES
• Gastos funerarios que no excedan de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para laspersonas antes señaladas.
• Aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales, honorarios a enfermeras y por análisis,estudios clínicos o prótesis. Asimismo se consideran los gastos que se realicen por concepto de compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, siempre que para ello, en elcomprobante que se expida de acuerdo con las disposiciones fiscales, se describan las características de los mismos. No obstante, cuando no se describan las características en el comprobante, deberácontarse con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista.
• Donativos que se otorguen a instituciones autorizadas por el SAT para expedir comprobantes deducibles del impuesto sobre la renta, porejemplo la Cruz Roja, Teletón, u otros.
• Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación contratados con los integrantes del sistema financiero y que la cantidad delcrédito no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.
• Aportaciones complementarias de retiro, a planes personales de retiro o a la subcuenta de aportaciones voluntarias. Sin queexcedan del equivalente a cinco salarios mínimos elevados al año.
• Primas por seguros de gastos médicos, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viveen concubinato o sus hijos, nietos, padres o abuelos.
• Gastos de transporte escolar, únicamente será deducible cuando en la escuela se obligue a todos los alumnos a pagar éste servicio....
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