deerecho de familia
TEORÍA DEL ACTO SOCIAL CONSTITUTIVO (Gierke): El acto creador de la sociedad es un acto constitutivosocialunilateral en el que las declaraciones de voluntad no se contraponen sino que corren paralelas coadyuvantes a un mismo fin; la creación de un nuevo organismo social como sujeto de derechosdistintode los socios.
TEORÍA DEL ACTO COMPLEJO (Gesamtakt, Kuntze, Witte y Winscheid): A diferencia del contrato, que sólo produce efectos entre los contratantes, la sociedad puede influir en elámbitojurídico de terceros. En este acto complejo las manifestaciones de voluntad son paralelas y los intereses son coincidentes.
TEORÍA INSTITUCIONALISTA:
Maurice Hauriou: la sociedad como una ideadeobra o de empresa que constituye una realización independiente de la voluntad subjetiva de sus socios y que se caracteriza por su duración en el tiempo.
Georges Renard: un organismo dotadodepropósito de vida y de medios de acción superiore en poder y en duración a aquéllos de los individuos que lo componen.
TEORÍA DEL CONTRATO PLURILATERAL (Ascarelli): El contrato plurilateralcontienenobligaciones recíprocas de más de dos partes. La sociedad constituye el ejemplo característico y tradicional del contrato plurilateral, ya que participan en él varias partes que adquieren comoconsecuenciadel mismo, obligaciones y derechos de la misma e idéntica naturaleza jurídica ningún socio se encuentra frente a otro socio, sino frente a la sociedad.
POSICIÓN DE LA LEY GENERAL...
Regístrate para leer el documento completo.