Defensa laboral
Esquema del procedimiento seguido ante las Juntas de Conciliación y
Arbitraje derivado de la presentación de una demanda laboral, y puntos
relevantes a vigilar por la empresa durante su desarrollo para que sus
representantes legales logren un laudo a su favor.
Cuando una empresa recibe la demanda de algún trabajador en automático
llamaal asesor laboral que llevará el juicio, sin ni siquiera leer el
documento que recibieron, en virtud de desconocer la terminología y los
procedimientos legales. Sin embargo, en un sin fin de ocasiones estos
juicios son perdidos, bien por el descuido del profesional contratado o
bien por la falta de elementos proporcionados al mismo para llevar a cabo
su trabajo. Bajo esta perspectiva,con la presente experiencia empresarial
se pretende darle a nuestros suscriptores una orientación sobre los puntos
básicos con los que pueden coadyuvar con sus asesores legales para lograr
resoluciones favorables en la negociación en estos juicios.
Fases del procedimiento laboral
Diagrama: Fases del Procedimiento laboral (Embedded image moved to file:
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Demanda deltrabajador
La persona que interpone la demanda es el trabajador a quien generalmente
se le denomina como "actor", éste la presenta por escrito en la Junta de
Conciliación y Arbitraje local o federal dependiendo de la actividad de la
empresa, en términos del artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En cuanto al domicilio de la Junta donde se puede presentar puede ser: del
lugarde prestación de servicios, de la celebración del contrato o del
domicilio del trabajador, en términos del artículo 700, fracción II del
mismo ordenamiento.
Debe ser presentada dentro de los dos meses siguientes de que se dio el
hecho origen de la demanda, según lo dispuesto por el artículo 518 de la
LFT.
Establecer el nombre o nombres del o los supuestos patrones que demandan ylos hechos con los que sustentan el derecho a presentarla, así como las
pruebas que ofrecen, conforme al artículo 872 de la LFT.
Finalmente debe contener la firma de quien promueve.
Junta de Conciliación y Arbitraje dicta Auto de radicación ordenando la
notificación de la misma al patrón
Una vez recibida la demanda, la autoridad es responsable de la elaboración
y publicación delauto de radicación (respuesta de la autoridad, indicando
que tiene por recibida la demanda, especificando día y hora para la
celebración de la primera audiencia y la orden de notificación de la misma
a la parte demandada, lo anterior conforme al artículo 873 de la LFT).
El texto de la mencionada resolución debe contener la:
confirmación de que se tiene por recibida la demanda;declaración de competencia o incompetencia para conocer del juicio
instaurado (ya sea por jurisdicción, materia o territorio);
fecha para la audiencia;
orden de la notificación personal a las partes involucradas, y
el apercibimiento a las partes de que en caso de no comparecer a la
audiencia, se les tendrá por: inconformes con todo el arreglo,
contestada la demanda en sentido afirmativo yperdido su derecho para
ofrecer pruebas.
Notificación de la demanda al patrón y vista al trabajador señalando la
fecha de la primera audiencia (puede realizarse en una o más fechas)
La autoridad notificará al patrón, a través de un funcionario llamado
"actuario", en el domicilio de la negociación la demanda interpuesta en su
contra, conjuntamente con el auto de radicación para que acudaa juicio a
defenderse. Ésta debe hacerse por lo menos con 10 días de anticipación a la
fecha de la audiencia señalada en el citado auto, de lo contrario no podrá
celebrarse y los apercibimientos mencionados no serán aplicables contra de
la empresa si no acude, caso en el cual la autoridad deberá señalar nueva
fecha para su celebración. Dicho plazo se otorga con la finalidad de que la...
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