Definiciones
CAPITULO XXII
REGLAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL
RIESGO OPERATIVO
Consideraciones generales
En desarrollo de sus operaciones, las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) se exponen al Riesgo Operativo (RO).
Por tal razón, dichas entidades deben desarrollar, establecer,implementar y mantener un Sistema de Administración de Riesgo Operativo (SARO), acorde con su estructura, tamaño, objeto social y actividades de apoyo, estas últimas realizadas directamente o a través de terceros, que les permita identificar, medir, controlar y monitorear eficazmente este riesgo.
Dicho sistema está compuesto por elementos mínimos (políticas, procedimientos, documentación,estructura organizacional, el registro de eventos de riesgo operativo, órganos de control, plataforma tecnológica, divulgación de información y capacitación) mediante los cuales se busca obtener una efectiva administración del riesgo operativo.
1. Ámbito de aplicación
Todas las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC, deben adoptar un Sistema de Administración deRiesgo Operativo (SARO), con excepción de las Oficinas de Representación de instituciones financieras y reaseguradoras del exterior.
2. Definiciones
Las siguientes definiciones se tendrán en cuenta para los fines de la presente Circular:
3.1. Riesgo Operativo (RO)
Se entiende por Riesgo Operativo, la posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones,en el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Esta definición incluye el riesgo legal y reputacional, asociados a tales factores.
2.1.1. Riesgo legal
Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad al ser sancionada u obligada a indemnizar daños como resultado del incumplimiento de normas o regulacionesy obligaciones contractuales.
El riesgo legal surge también como consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalización o ejecución de contratos o transacciones.
2.1.2. Riesgo reputacional
Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad por desprestigio, mala imagen,publicidad negativa, cierta o no, respecto de la institución y sus prácticas de negocios, que cause pérdida de clientes, disminución de ingresos o procesos judiciales.
◮ Mediante las circulares 048 y 049 de 2006 la Superfinanciera fijó las bases y
los lineamientos mínimos que deben ser implementados por las entidades
sometidas a su supervisión y vigilancia, para el desarrollo de un Sistema deAdministración del Riesgo Operativo SARO.
◮ Mediante las circulares 048 y 049 de 2006 la Superfinanciera fijó las bases y
los lineamientos mínimos que deben ser implementados por las entidades
sometidas a su supervisión y vigilancia, para el desarrollo de un Sistema de
Administración del Riesgo Operativo SARO.
◮ Riesgo Operativo (RO)
Se entiende por Riesgo Operativo, la posibilidad deincurrir en pérdidas por
deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la
tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos.
◮ Mediante las circulares 048 y 049 de 2006 la Superfinanciera fijó las bases y
los lineamientos mínimos que deben ser implementados por las entidades
sometidas a su supervisión y vigilancia, para el desarrollo deun Sistema de
Administración del Riesgo Operativo SARO.
◮ Riesgo Operativo (RO)
Se entiende por Riesgo Operativo, la posibilidad de incurrir en pérdidas por
deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la
tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos.
◮ Esta definición incluye el riesgo legal y reputacional.
◮ Según el Comité...
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