definitividad
El principio de definitividad consisteen que antes de acudir al juicio de garantías deben agotarse todos los recursos y medios ordinarios de defensa existentes. igualmente es conocido que tal principio tiene contadas excepciones, estoes, casos en que no existe la obligación de intentar previamente dichos recursos o medios de defensa (por ejemplo, los amparos en materia penal, tratándose de terceros extraños, cuando se reclame unaley de inconstitucional, etcétera). Luego, si para poder interponer el recurso o el medio de defensa respectivo es necesario expresar los agravios que la resolución cause al interesado, es indudable queeste no podría formular motivos de inconformidad si acaso no tuvo oportunidad de leer la resolución afectatoria. En la especie, el recurrente sostiene que hizo muchos intentos infructuosos porlograr se le facilitara el expediente a fin de enterarse del contenido del auto que reclama. si se aceptara lo que sustenta el juez federal (que forzosamente debió agotar aquel el recurso ordinariocorrespondiente), sin atender, como de hecho lo hace este último, la afirmación relativa a la imposibilidad material de tener a la vista la resolución, se privaría al agraviado de la oportunidad dejustificar su aserto. Consiguientemente, el presente asunto debe ser incluido entre uno de tales casos de excepción, porque no puede exigirse el agotamiento previo del recurso ordinario si acaso el interesadono estuvo en posibilidad de interponerlo.
VENCE EL DIA:
03 DE ENERO DEL 2014
Por el presente pagaré reconozco deber y me obligoincondicionalmente a pagar en esta ciudad o en cualquier otra que se me requiera el pago al señor Ernesto Bernabé García, la cantidad de: $1,000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), valor recibido...
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