Del matrimonio civil
¿Cuándo hay que reservar la fecha?
28 días corridos antes del día que quieran realizar la ceremonia por civil.
¿Quién puede solicitar el turno?
Uno o ambos contrayentes.¿Qué registro civil les corresponde?
Corresponde al domicilio de uno de los contrayentes, acreditado fehacientemente, es decir, el registro correspondiente al domicilio que figura en el DNI decualquiera de los dos contrayentes.
Documentación necesaria
Si son solteros y mayores de edad: deben concurrir con los documentos de ambos. Diez días antes de la celebración tienen que retirar delregistro civil correspondiente la solicitud para matrimonio y los formularios de prenupciales.
Otros casos:
• Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: partida de matrimonio original con lacorrespondiente inscripción marginal del divorcio vincular.
• Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en Argentina: partida de matrimonio inscripta en nuestro país con la correspondienteinscripción del divorcio vincular o la partida extranjera con la correspondiente inscripción del divorcio, debidamente legalizado y traducido.
• Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcioen el extranjero: partida de matrimonio argentina con la correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero ordenada por juez nacional.
• Con matrimonio y divorcio en el extranjero:autorización mediante disposición concedida por la Dirección General del Registro Civil.
• Contrayente viudo o viuda: partida de matrimonio anterior y partida de defunción del cónyuge.
•Menores: deben presentar la Partida de nacimiento y documentos de los padres, quienes además deberán otorgar su autorización en el acto de celebración del matrimonio. (partida de defunción, si alguno deellos fuese fallecido).
Testigos
• Necesarios: Dos (2) mayores de 21 años. Pueden ser testigos del matrimonio civil, ciudadanos argentinos y mayores de edad (o totalmente emancipados)...
Regístrate para leer el documento completo.