DEL VECCHIO
DERECHO, POLíTICA Y JUSTICIA
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Por Giorgio DEL VECCHIO* *
Profesor emkrito dc la Universidad de Roma,
y ex-rector de la misma
Trad. del francés por Luis
D ~ R A N T TAMAYO
ES
Profesor de 13 Facultad de Derecho de la UNAM
EL MUNDO ESTA en la actualidad gravemente turbado: una oscura amenaza pone en peligro la paz, evocando a nuestros espíritus los horrores
de las dosrecientes guerras mundiales. Esto sería una desgracia inmensa
para el género humano, si tales horrores debieran repetirse, quizás de
manera todavia mlis catastrófica a causa de la potencia cada vez más
grande de los medios de destrucción.
~ Q u kes lo que nos puede salvar de ello, si no el derecho que debería
inspirar a la política internacional y garantizar u n orden justo de
paz? Pero si es fácilafirmar este concepto en general, no lo es tanto
determinar su significación precisa, porque son muy numerosos los
problemas que suscita y muy numerosos los errores y los prejuicios
que se oponen a la solución de estos problemas.
Ya la palabra derecho tiene algo de ambiguo, que es bueno aclarar
lo más pronto posible. En u n sentido puramente formal, derecho significa una coordinación de lasrelaciones intersubjetivas, en virtud de
la cual a cierta facultades corresponden ciertas obligaciones. En este
sentido, un derecho cualquiera existe necesariamente en no importa
qu6 condición de vida humana, porque ésta no puede subsistir sin u n
conjunto de relaciones sociales. Así es imposible que un Estado no
tenga u n derecho propio (en el sentido formal), es decir u n ordenamiento jurídico del cual61 es precisamente el centro y el sujeto.
Sobretiro de Jurtice &m le Monde, t. VIII, núm. 9. 1966-1967. "Drukkerij Orientaliste': p . v. b.a., h u v e n (Belgie)
*.Del Vecdio, Giorgio. Nació en Bolonia (Italia) el 26 de agosto de 1878. Fue
profesor de filosofia del derecho en la Universidad de Ferrara (1903-1906). de Sasari
(19061909), de Mesina (1909-1910). de Bolonia (1910.1920). de Roma(1920.1955).
Fundador y director actual de la Rivirto Internnrionole di Filorofia del DMtto. Enme
sus numerosas publicaciones señalamos: Diritlo e personalith Urnnnn Nella Slorio del
Pensiero (1904), 11 Concetto della Notura e il Principio dcl Diritto (1908). Sui P ~ i n dpi Gel~eiolidel Diritto (1921), Lo Giwfizia (1922). (Nota de la edici6n.)
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GIORGIO DEL VECCHIO
Pero la cosa cambia de aspectosi se entiende el derecho como un
valor esencial atribuido a la persona humana, y en raz6n del cual
esta puede pretender al respeto de su propia naturaleza espiritual.
Si el Estado se constituye sobre esta base, se califica generalmente como
Estado de derecho. Más apropiada seria, sin embargo (para evitar todo
equivoco), la denominación Estado de justicia. que yo proponia hace
muchos años 1 ytodavía recientemente como tema de una discusi6n
(Rtat de Dl'oit et Rtat de Justice) que tuvo lugar en el VI Congreso
de la Sociedad Italiana de Filosofia del Derecho. Pero es inútil d i s
cutir sobre las palabras, con tal de que el concepto sea bien definido.
Por otra parte, la expresi6n Estado de derecho ha entrado desde ahora
tan ampliamente en el uso, que seria vano tratar de eliminarlo. Lo queimporta es que se tenga claramente conciencia de que por esta expresi6n
no se entiende designar un Estado cualquiera, que no puede dejar
de tener un sistema de legalidad positiva, sino solamente un Estado
que se conforma al ideal de la justicia, dicho de otra manera, que
reconoce los derechos fundamentales de la persona humana.
Afirmamos de nuevo con eso un concepto que, ya enunciado en laantigüedad clásica, tuvo posteriormente más amplias expresiones en
las sublimes máximas del mensaje cristiano, y despues todavia nuevas
demostraciones razonadas en la filosofia moderna: el concepto, en una
palabra, del derecho natural. No ignoramos que a este concepto se
oponen todavía diversas escuelas que representan a menudo viejos
errores, ya perentoriamente refutados. Algunos autores afirman a...
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