delegados de prevencion
Los delegados o delegadas de prevención son los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud Laboral, elegidos por y entreestos, por medios democráticos, con atribuciones específicas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Atribuciones del Delegado o Delegada de Prevención
Constituir conjuntamente, con losrepresentantes de los empleadores o empleadoras, el Comité de Seguridad y Salud Laboral
Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los programas e instalaciones para larecreación, utilización del tiempo libre y descanso que formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución
Participarconjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora de la acción preventiva y de promoción de la salud y seguridad en el trabajo
Promover y fomentar la cooperación de lostrabajadores y trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo
Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control yvigilancia de la seguridad y salud en el trabajo
Otras que le asigne la presente Ley y el Reglamento que se dicte
Facultades del Delegado o Delegada de Prevención
Acompañar a los técnicos o técnicasde la empresa, a los asesores o asesoras externos o a los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de lainfraestructura de las áreas destinadas a la recreación, descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones querealicen para comprobar el cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas
Tener acceso, con las limitaciones previstas en esta Ley, a la...
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