Delito de lesa humanidad: genocidio
LOS "GRUPOS PROTEGIDOS" EN EL DELITO DE GENOCIDIO
En lo que supone otro hiato que ha puesto fuertemente en crisis la definición jurídica de genocidio, la cuestión de los grupos protegidos en el artículo II de la Convención merece al menos una referencia circunstanciada.
Dicho texto legal, al definir jurídicamente al genocidio, enumera únicamente a los “grupos nacionales,étnicos, raciales y religiosos” como víctimas posibles de estas prácticas criminales.
Sin perjuicio de esta concepción restringida, muchos autores que han indagado en la génesis del concepto, han acordado que lo acreditado desde el propio juicio de Nüremberg relativo a la persecución y destrucción de agregados humanos comprendía a los opositores políticos, personas de identidad sexual disfuncionales alrégimen, o con capacidades diferentes, grupos religiosos y nacionales, los que constituían el universo de casos abarcados por la norma consuetudinaria de derecho internacional que prohibe las conductas descriptas como genocidio[1]: “Tanto en la Resolución 96 (I) de la Asamblea General de la ONU, de 11 de noviembre de 1946, como en los trabajos preliminares de la Convención, aparecía incluido,aunque no de manera expresa, el concepto de genocidio político, que fue finalmente retirado de la redacción definitiva”[2].
Sobre estas bases, la Resolución adoptada el 27 de octubre de 1946 reconocía que “son culpables de crímenes contra la humanidad y son punibles como tales los que exterminan o persiguen a un individuo o un grupo de individuos por razón de su nacionalidad, su raza, su religión osus opiniones”[3]. “Poco tiempo después, fue convocada en Bruselas la VIII Conferencia para la Unificación del Derecho Penal, que se reunió en julio de 1947, y basó la discusión sobre el alcance de la protección penal, es decir sobre los bienes jurídicos cuya violación debía constituir un crimen contra la humanidad, adoptando la decisión de retener en la definición los atentados contra losderechos de los individuos y de los grupos perseguidos en razón de sus opiniones de carácter político”[4].
Estas menciones expresas de grupo perseguido por sus opiniones por sus opiniones políticas, parecía fortalecer la tesis de los grupos políticos como sujetos protegidos en caso de la comisión de crímenes masivos: “De esta recopilación histórica, surge que en la elaboración previa a la Convenciónsobre Genocidio, la discusión en relación a los sujetos pasivos permitía inferir que la enumeración de los grupos protegidos iba a ser más amplia que la que quedó finalmente redactada, ya que reconocía a otro tipo de grupos, caracterizado como “grupo de opinión”, que sería el antecedente de lo que hoy llamamos “grupos políticos”. Esto demuestra que la comunidad internacional estaba preocupada porencontrar una protección también a estos tipos de grupos”[5].
En general, la mayoría de los expertos han dado cuenta de los riesgos que implica para una debida prevención disuasión y conjuración de los genocidios, la exclusión de los grupos sociales y políticos como víctimas potenciales en la definición legal.
Así, Benjamín WHITAKER advirtió, al momento de abogar por una reforma de laConvención de la Organización de las Naciones Unidas sobre Prevención y sanción del Delito de Genocidio (CONUG), que “dejar a grupos políticos u otros grupos fuera de la protección de la Convención ofrece un pretexto considerable y peligroso que permite el exterminio de cualquier grupo determinado, ostensiblemente bajo la excusa de que eso sucede por razones políticas”[6].
Finalmente, como sabemos, lapresión de algunas potencias, en especial de la Unión Soviética, para excluir los grupos políticos de la enumeración de agregados protegidos por la futura Convención, produjo la eliminación del texto ulterior de la misma.
Sin perjuicio de ello, parte de la doctrina ha entendido que la definición contenida en la Convención, en tanto no menciona a los grupos políticos, ha optado por un concepto...
Regístrate para leer el documento completo.