delito fiscal
En el caso en el que para la comisión de undelito fiscal se utilizase a una persona con la finalidad de ocular al verdadero obligado tributario, la condena será de 3 a 5 años de prisión y multas desde 3 veces la cantidaddefraudada hasta 6 veces dicha cantidad. Por otra parte, se sancionará al condenado siendo incapacitado para solicitar cualquier subvención y la obtención de cualquier beneficio fiscalni de la Seguridad Social por un periodo de tiempo comprendido entre 3 y 6 años.
Si el fraude se diese contra la Administración de Hacienda de la Comunidad Europea, el límitepara ser considerado un delito fiscal descendería hasta los 50.000 € frente a los 120.000 € necesarios en el caso de ser una Administración Estatal, Autonómica o Local.
Por otraparte, quedará exento de responsabilidad penal aquella persona que regularice su situación delictiva siempre y cuando, esta regularización sea antes de que se inicie cualquier actuacióno procedimiento contra su persona en relación con dicha acción delictiva.
Si necesita asesoramiento relativo a la comisión de un delito fiscal, no dude en llamarnos al91.842.47.47 o envíenos un correo electrónico con sus datos de contacto a contacto@ibericabogados.com y uno de nuestros abogados especialistas en delito fiscal le atenderá personalmente.
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