Delito
[DP] Conducta típica, antijurídica y culpable constitutiva de infracción penal. Eugenio Cuello Calón define el delito como una acción antijurídica, típica, culpable y sancionada con una pena. Luis RODRÍGUEZ MAN- ZANERA considera que delito es «la acción u omisión que castigan las leyes penales, es la conducta definida por la ley».
JSS CP, art. 1.
(Derecho Penal) En sentido amplio,delito es sinónimo de infracción (V. esta palabra).
En sentido estricto, delito es una infracción cuyo autor puede ser castigado con penas correcionales, esto es, con pena de prisión de más de dos meses, y con una multa superior a 10.000 francos.
Es toda acción u omisión que, por malicia o negligencia culpable, da lugar a un resultado dañoso, estando prevista o tipificada en la ley penal dicha acciónu omisión con el señalamiento de la correspondiente pena o castigo. Cuando dicha conducta no alcanza la gravedad precisa para ser calificada como delito, puede encuadrarse en las faltas o delitos menores, cuya tipificación en la ley penal se hace separadamente de los delitos. Cuando la pena venga determinada por la producción de un ulterior resultado más grave, sólo se responderá de éste si sehubiere causado, al menos, por culpa. Se dice que hay delito doloso cuando el autor del mismo ha querido el resultado dañoso; cuando no se quiere dicho resultado, pero tampoco se evita, se dice que hay delito culposo. Es delito de comisión el que conlleva una actividad del autor que modifica la realidad circundante; y se habla de delito de omisión cuando la conducta delictiva del autor ha consistidoen un no hacer o abstención de actividad.
Código penal, artículos 1 y 6.
Partiendo tanto del fin perseguido como de la idea inspiradora. Podemos reunir las definiciones en dos grandes grupos: a) definiciones prejurídicas o condicionantes de las legislaciones; b) definiciones dogmáticas, referidas a unalegislación positiva. Dentro de las primeras, distinguimos las que tienen una fundamentaciónfilosófico-jurídica, de las que responden a un enfoque puramente sociológico o naturalista el derecho natural alcanza su nivel más
alto en nuestra ciencia a través de la definición de Carrara, formulada en éstos términos: " infracción de la ley delestado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultantes de un acto externo del hombre, positivoo negativo,
moralmente imputable ypolíticamente dañoso".
La definición de Carrara nace de la idea que es el fundamento de toda su doctrina: el delito no es una conducta, ni una prohibición
legal; es un "ente jurídico", es la lesión de un derecho por obra de una acción u omisión humana:
"la infracción de la ley del estado".
Se propone con ello hacer saber a quienes tienen a su cargo la elaboración y sanción de las leyes, que nohabrá delito mientras no exista la ley cuya violación tenga pena fijada previamente.
El maestro de pisa, según sus propias palabras, aspira a fijar el límite perpetuo de lo ilícito.
Adapta Carrara su noción del "ente jurídico " a la definición del delito: el choque con la ley, su infracción, es lo que lo constituye. Pero esa colisión ha de producirse con la ley del estado, la ley de los hombres,la ley civil, distinguiéndose así el delito del pecado y del vicio. Un acto sólo puede considerarse punible cuando la ley lo prohibe.
La definición de Carrara y toda su doctrina constituyeron en su momento un avance claro para la ciencia penal, y muchas de sus conclusiones pueden ser hoy adoptadas como actuales.
No obstante lo armonioso de la construcción carrariana y lo claramente que exponesus propósitos, el fin de garantíano se logra con ella, porque no se trata de fijar el límite perpetuo de lo prohibido, como Carrara quiere, sino de determinar, con referencia a un orden jurídico establecido, cuales son las únicas acciones que conducirán a unasanción penal; no se trata de una abstracción jurídica, sino de identificar una acción vivida con la prevista por la ley. La labor queda...
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