DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PUBLICO
EL PECULADO
Para Carrara el peculado es la apropiación de cosas públicas cometida por una persona investida de algún cargo público, a la cual, precisamente enrazón de éste, le fueron entregadas, con la obligación de conservarlas y devolverlas, las cosas de que se apropia.
ELEMENTOS
El peculado es un delito material; por consiguiente admite tentativa.Sujeto activo: El Funcionario Público.
Sujeto pasivo: El Estado.
En este delito pueden presentarse todas las formas de participación; y aunque el participante no sea funcionario público,siempre será punible como cómplice de peculado.
Penalidad: 3 a 10 años de presidio
TIPOS: DOLOSO IMPROPIO, CULPOSO Y DE USO
Peculado doloso impropio:
En este tipo se tipifica el hecho delfuncionario, que se apropia o distrae bienes públicos o en poder de algún organismo público, aunque no los tenga materialmente en su poder, disponiendo de ellos por una posibilidad fáctica o legal que selo permite, no pudiendo admitirse la exclusión de la responsabilidad a tal título, con el simple alegato de que funcionario no tenía a su cargo la administración de bienes de manera directa.
Penaaplicable: Prisión de 3 a 10 años y multa del 20% al 60% del valor de los bienes objetos del delito.
Peculado culposo:
Es cuando el servidor público respecto a bienes del Estado o de empresas oinstituciones en que éste tenga parte, o bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, y por culpa de lugar a que se extravíen,pierdan o dañen.
Peculado de uso:
El peculado por uso implica utilizar, destinar, temporalmente los bienes que tienen como destino el cumplimiento de alguna función pública a determinadostrabajos de carácter privado.
DIFERENCIAS DEL PECULADO CON EL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA.
El peculado es un delito contra el patrimonio público, es decir, un delito de salvaguarda, de...
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