Delitos Contra El Patrimonio
ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2008-GRL-CR
Villa Belén, 11 de setiembre de 2008
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
POR CUANTO:
El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 11de setiembre de 2008, aprobó por Mayoría la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadasen el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la Región, sus normas y disposiciones se rigen por el principio de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, de conformidad con lo prescrito en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política, los gobiernos regionales tienenautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia asimismo, promueven el desarrollo y la economía regional (…), actividades y servicios públicos de su responsabilidad, todo ello, en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacionales y locales;
Que, en materia ambiental y ordenamiento territorial, al amparo de lo prescrito en el artículo 53, literal a) dela Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, éstos tienen competencias exclusivas para formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales;
Que, la Ley Nº 26821 - Ley sobre el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone la ejecución deun proceso de zonificación ecológica y económica, como apoyo al ordenamiento territorial, a fin de evitar conflictos por superposición de títulos y usos inapropiados y demás fines;
Que, a efectos de cumplir con el proceso de zonificación ecológica y económica en la jurisdicción del departamento de Loreto, es necesario analizar y/o evaluar las potencialidades, limitaciones yalternativas que existen en cuanto a la ocupación, uso y aprovechamiento de los terrenos, de tal manera que, las decisiones a tomar sean las más acertadas, procurando que estos se ocupen de manera ordenada, sostenida y en armonía con las necesidades de la población y del medio ambiente;
Que, el artículo 11 del D.S. Nº 087-2004-PCM, Reglamento de Zonificación Ecológica Económica, establece que losgobiernos regionales y locales, son las entidades encargadas de la ejecución de la zonificación ecológica económica dentro de sus respectivas jurisdicciones y precisa la metodología a seguir;
Que, el Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, aprueba el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), estableciendo que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de laejecución de la zonificación ecológica y económica dentro de sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, el artículo 16 del citado Decreto Supremo estipula que cada proceso de ZEE desarrollado en el ámbito regional y local requiere la conformación de una Comisión Técnica;
Que, la Ordenanza Regional Nº 007-2008-GRL-CR, en su artículo 1 textualmente dice: DECLÁRESE de Interés Regional elOrdenamiento Territorial del departamento de Loreto, basado en la Zonificación Ecológica - Económica y otros instrumentos del Ordenamiento Territorial vigente;
Que, la Conformación de la Comisión Técnica de Zonificación Ecológica y Económica de la Región Loreto, cuenta con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y la Gerencia...
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