Delitos Contra La Famila Art
ARTÍCULO 240.- (BIGAMIA). El que contrajere nuevo matrimonio sabiendo no estar disuelto el anterior a que se hallaba
ligado, incurrirá en privación de libertad de dos (2) a cuatro (4) años.
ARTÍCULO 241.- (OTROS MATRIMONIOS ILEGALES). Será sancionado:
1. Con privación de libertad de uno (1) a tres (3) años, el que no siendo casado
contrajere asabiendas matrimonio con persona casada.2. Con privación de libertad de dos (2) a cuatro (4) años, el que hubiere inducido
en error esencial al otro contrayente.
3. Con privación libertad de dos (2) a cuatro (4) años, el que hubiere ocultado
impedimento legal respecto a su propio estado civil o del otro contrayente.
ARTÍCULO 242.- (RESPONSABILIDAD DEL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL). El oficialdel Registro Civil que a sabiendas
autorizare un matrimonio de los descritos en los Artículos 240 y 241, o procediere a la celebración de un matrimonio sin haber observado las
formalidades exigidas por Ley, será sancionado con privación de libertad de dos (2) a seis (6) años.
ARTÍCULO 243.- (SIMULACIÓN DE MATRIMONIO). El que se atribuyere autoridad para la celebración de un matrimonio, o
el quesimulare matrimonio mediante engaño, será sancionado con privación de libertad de dos (2) a seis (6) años.
ARTÍCULO 244.- (ALTERACIÓN O SUBSTITUCIÓN DEL ESTADO CIVIL). Incurrirá en reclusión de uno (1) a cinco (5)
años:
1. El que hiciere inscribir en el Registro Civil a una persona inexistente.
2. El que en el registro de nacimientos hiciere insertar hechos falsos que alteren el
estado civilo el orden de un recién nacido.
3. El que mediante ocultación, substitución o exposición, aunque ésta no comparte
abandono, dejare a un recién nacido sin estado civil, tornare incierto o alterare el
que le corresponde.
4. La que fingiere preñez o parto, para dar a un supuesto hijo derechos que no le
corresponden.
Si el oficial del Registro Civil autorizare a sabiendas las inscripciones a quese refieren los incisos 1 y 2, la pena para él será
agravada en un tercio.
ARTÍCULO 245.- (ATENUACIÓN POR CAUSA DE HONOR). El que para salvar la propia honra o la de su mujer, madre,
descendiente, hija adoptiva o hermana hubiere incurrido en los casos de los incisos 2 y 3 del Artículo anterior, será sancionado con la pena
atenuada en una mitad.
Si el hecho fuere cometido con el fin deamparar o ayudar a la alimentación, cuidado o educación del menor o incapaz, la
pena se atenuará en una mitad, o no habrá lugar a sanción alguna, según las circunstancias.
ARTÍCULO 246.- (SUBSTRACCIÓN DE UN MENOR O INCAPAZ). El que substrajere a un menor de diez y seis años (16) o
a un incapaz, de la potestad de sus padres, adoptantes, tutores o curadores, y el que retuviere al menor contra suvoluntad, será sancionado
con privación de libertad de uno (1) a tres (3) años.
La misma pena se aplicará si el menor tuviere más de diez y seis años (16) y no mediare consentimiento de su parte.
ARTÍCULO 247.- (INDUCCIÓN A FUGA DE UN MENOR). El que indujere a fugar a un menor de diez y seis (16) años o a un
incapaz o con su consentimiento y para el mismo fin lo substrajere de la potestad de suspadres, tutores o curadores, incurrirá en privación
de libertad de un (1) mes a un (1) año.
G A C E T A
O F I C I A L
D E
B O L I V I A
LEYES Y DECRETOS SUPREMOS QUE
MODIFICAN EL CODIGO CIVIL
LEY DEL MATRIMONIO CIVIL
DE 11 DE OCTUBRE DE 1911
Artículo 1o — La ley sólo reconoce el matrimonio civil, que deberá celebrarse del
modo que se determina a continuación.
Artículo 2o — Después decelebrado el matrimonio civil, podrá realizarse el canónico
o religioso; pero no surtirá efectos legales sino el civil. El matrimonio religioso sólo se
verificará en vista del certificado que acredite haberse realizado el civil.
Artículo 3o — Los que soliciten contraer matrimonio lo manifestarán por sí o por
medio del apoderado en forma legal, por escrito o verbalmente al Oficial del Registro...
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