delitos contra la funcion jurisdiccional
El que , en un procedimiento administrativo, hace una falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida por ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
ACCION TIPICA: consiste en hacer una falsadeclaración en un procedimiento administrativo
Mediante ley 25035 se introdujo en el derecho administrativo nacional una interesante novedad, otorgando el beneficio de la presunción de verdad a determinadas declaraciones hechas por funcionarios, servidores públicos y particulares que hicieron gestiones o tramitaran procesos ante la administración publica.para los efectos de dicha ley, seconsidera administración puublica a los tres poderes del estado, asi como a todas las dependencias del ejecutivo, instituciones descentralizadas, gobiernos regionales y locales.
La presunción de veracidad se limita al campo administrativo y exonera a los interesados de la obligación de presentar certificados de buena consducta, de antecedentes policiales, de antecedentes policiales, de domicilio, desupervivencia, de ofandad, de viudez y otros de índole parecida, a cambio de una declaración jurada ala que se tiene por cierta. Mientras no se pruebe lo contrario.esa es una presunción,diríamos los abogados,juris tantum, puesto que admite prueba en dirección contraria
CONSUMACION:
Para la consumación se requieres que el agente realice declaraciones falsas en relación a hechos ocircunstancias que le corresponden probar, violando la presunción de veracidad establecida por ley en los procedimientos administrativos.
AUTOR:
El sujeto activo es el funcionario, servidor publico y/o particular que hicieran gestiones o tramitaran procesos ante la administración publica.
CULPABILIDAD:
Pues bien, quien faltare a la verdad y engañare de ese modo a la administración publica, abusandode la presunción de verdad que la ley le acuerda, comete el delito que contempla el articulo bajo comentario.
Artículo 412º aporte de prueba falsa o informe falso en juicio.
El que, legalmente requerido en causa judicial en la que no es parte, expide una prueba o un informe falsos, niega o calla la verdad, en todo o en parte, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor detres años.
ACCION TIPICA:
Consiste en el faltamiento de la verdad u ocultamiento de la misma; además de los testigos, peritos, traductores e interpretes, hay otras personas a las que se puede convocar, dentro de un procedimiento judicial, para que emitan algún informe, expidan alguna prueba, proporcionen algún documento.
Se debe tratar, como dice el articulo, de personas que no son parte en elrespectivo proceso
CONSUMACION:
El delito se consuma con la expedición de prueba o informe falso o con la negativa de decir la verdad, en un proceso judicial en el que se ha sido requerido.
AUTOR:
El sujeto activo puede ser cualquier persona que no es parte de un proceso con excepción del testigo, perito o interprete o traductor que emite un falsa declaración en un procedimientojudicial.
CULPABILIDAD:
Es un delito doloso que requiere el conocimiento cierto de la citación .es un delito por otra parte,en que la intencionalidad no descarta las posibilidades del dolo eventual.
Artículo 413º evasión del detenido mediante violencia o amenaza.
El que, estando legalmente privado de su libertad, se evade por medio de violencia o amenaza, será reprimido con pena privativa delibertad no mayor de tres años.
ACCION TIPICA:
Es la de evadirse por los medios expresamente señalados en la ley.
Evadirse significa recuperar la libertad ambulatoria que restringia el encierro o la sujeción a una custodia determinada; importa, pues, salirse del encierro o sustraerse a las posibilidades de control de la custodia.
La evasión, para ser típica, tiene que realizarse por...
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