Delitos Especiales Trabajo
PINTA DE FACHADA DE FINCA POR PARTE DE QUIEN ERA EL DUEÑO DE ESTA EXPROPIADA POR EL GOBIERNO FEDERAL
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
Artículo 27 FRACCION VI PARAFO II
Las leyes de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará ladeclaración correspondiente. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada, se basará en la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadoras, ya sea que este valor haya sido manifestado por el propietario o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base. El exceso de valor o el demérito que hayatenido la propiedad particular por las mejoras o deterioros ocurridos con posterioridad a la fecha de la asignación del valor fiscal, será lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y a resolución judicial. Esto mismo se observará cuando se trate de objetos cuyo valor no esté fijado en las oficinas rentísticas. El ejercicio de las acciones que corresponden a la Nación, por virtud de lasdisposiciones del presente artículo, se hará efectivo por el procedimiento judicial; pero dentro de este procedimiento y por orden de los tribunales correspondientes, que se dictará en el plazo máximo de un mes, las autoridades administrativas procederán desde luego a la ocupación, administración, remate o venta de las tierras o aguas de que se trate y todas sus accesiones, sin que en ningún casopueda revocarse lo hecho por las mismas autoridades antes que se dicte sentencia ejecutoriada
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
ARTÍCULO 833.- El Gobierno Federal podrá expropiar las cosas que pertenezcan a los particulares y que se consideren como notables y características manifestaciones de nuestra cultura nacional, de acuerdo con la ley especial correspondiente.
ARTICULO 834.- Quienes actualmente seanpropietarios de las cosas mencionadas en el artículo anterior, no podrán enajenarlas o gravarlas, ni alterarlas (en forma que pierdan sus características,) sin autorización del C. Presidente de la República, concedida por conducto de la Secretaría de Educación Pública.
ARTÍCULO 835.- La infracción del artículo que precede, se castigará como delito, de acuerdo con lo que disponga el Código de lamateria.
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Histórico
ARTICULO 52.- Al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.
Cuando el daño no sea intencional, se estará a lo dispuesto en el capítulo de aplicación de sanciones a losdelitos culposos del Código Penal Federal.
UN MILITAR ALLUDA A LA DELINCUNCIA ORGANIZADA
Código de Justicia Militar
Libro segundo De los delitos, faltas, delincuentes y penas. Artículo 99.- Todo delito del orden militar produce responsabilidad criminal, esto es, sujeta a una pena al que lo comete aunque sólo haya obrado con imprudencia y no con dañada intención. Artículo 100.- El militar quedescubra o tenga noticia de cualquier modo, de la comisión de algún delito de la competencia de los tribunales militares, está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Ministerio Público, por los conductos debidos. La infracción de este precepto no será punible cuando el delincuente esté ligado con el militar por vínculos de parentesco de consanguinidad en línea recta sin limitación degrado, y en la colateral hasta el cuarto, o de afinidad hasta el segundo, inclusive.
TITULO PRIMERO De los delitos y de los responsables CAPITULO I Clasificación de delitos Artículo 101.- Los delitos del orden militar pueden ser: I.- Intencionales; II.- no intencionales o de imprudencia. Es intencional el que se comete con el ánimo de causar daño o de violar la ley.
Es de imprudencia el que se...
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