Delitos Sexuales
Estos delitos se pueden presentar en las siguientes circunstancias:
Hostigamiento:
Es el asedio reiterado con fines lascivos a persona de cualquier sexo,valiéndose el agresor de una posición jerárquica, derivada de las relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquiera otra índole, que implique subordinación de la víctima.
Abuso:
Es la ejecuciónde un acto sexual o la presión para ejecutarlo, sin el propósito de llegar a la cópula y sin consentimiento de la persona.
Estupro:
Es la realización de cópula con una persona mayor de 12 años ymenor de 18, de la que se obtiene el consentimiento mediante el engaño.
Violación:
Es la realización de la cópula mediante violencia física o moral, con persona de cualquier sexo.
Agresión sexual1. Tipo básico: Atentado contra la libertad sexual mediante el uso de violencia o intimidación sobre el sujeto pasivo. Regulado por el artículo 178 del Código Penal, y penado con prisión de uno acuatro años.
2. Tipo agravado (comúnmente denominado Violación): En caso de que existan las mismas condiciones, y además acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporalesu otros objetos por vía vaginal o anal, se castigará con pena de prisión de seis a doce años. Art. 179 CP.
Abuso sexual
1. Tipo básico: Contacto no consentido, pero sin que se haya realizadoviolencia o intimidación. Ejemplos: Aprovecharse de una persona dormida, palmear por sorpresa en zonas consideradas de connotación sexual. Siempre se considerará abuso sexual la acción que se realicesobre un menor de trece años o incapaz, aunque este haya prestado su consentimiento libre y expresamente. Penado con prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses por el art. 181CP.
Si existe relación de parentesco o la víctima es especialmente vulnerable, la pena será la misma en su mitad superior.
2. Tipo agravado: Misma situación, pero con el acceso carnal, etc,...
Regístrate para leer el documento completo.