DEMANDA ACCION MERO DECLARATIVA ROGELIO
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SU DESPACHO
Nosotros, ROGELIO RAFAEL RAMIREZ MARRIAGA y MIRNA YADIRA FERRER PEREZ, ambos de nacionalidad venezolana, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.- V-22.410.258 y V-7.096.376, Abogados en Ejercicio, debidamente inscritos en el Instituto dePrevisión Social del Abogado I.P.S.A. Nros.- 102.550 y 213.681, actuando en nuestro carácter de Apoderados Especiales de la ciudadana RUFINA ANTONIA VIVAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de profesión comerciante, de estado civil soltera y titular de la Cédula de Identidad N° V-7.941.670, según se evidencia de Poder Especial debidamente autenticado por antela Notaria Pública Primera de Valencia Estado Carabobo, en fecha 25 de Noviembre del 2015, inserto bajo el Nro. 25, Tomo 249, Folios 74 al 76, de los libros de autenticaciones llevados por ante esa Notaria, ante usted, con la venia de estilo, ocurro y expongo: En el año 1.999 del mes de Febrero, nuestra representada mantuvo una unión Concubinaria con el ciudadano MOUDADMAKLAD, de nacionalidad Siria, mayor de edad, de este domicilio, de profesión comerciante, de estado civil soltero y titular de la Cedula de Identidad N° E-84.395.255, de la cual mantuvieron una unión concubinaria publica notoria y a la vista de todo el mundo, ininterrumpida continua, especialmente conocida por familiares, de esa unión pueden dar fe los vecinos del domicilio donde hicieron vidamarital es decir vecinos del Sector Barrera Sur, calle El Chorro, Casa N° 47, Tocuyito, Parroquia Independencia Municipio Libertador del Estado Carabobo, durante esa UNION CONCUBINARIA procrearon dos (02) hijos, de nombres RONNIE KFAH MAKLAD VIVAS, cedula de identidad N° V-28.465.938, de quince (15) años, y RAMMY JOSE MAKLAD VIVAS, cedula de identidad N° V-30.454.965, de siete (07) años,respectivamente, según de copias certificadas de actas de
nacimientos que marcadas con las letras “A y B”, anexamos a la presente, SIENDO LEGITIMADOS EN LA PRESENTE ACCION. Durante dicha unión adquirieron un (01) un Fondo de comercio denominado COMERCIAL RAMMY 2019, C.A, ubicado en EL sector Las Manzanas II, Avenida principal de las calles Carabobo y El Telégrafo, Parroquia Independencia delMunicipio Libertador del Estado Carabobo, marcada con letra “C” anexo a la presente; Una (01) Camioneta SILVERADO Año 2007, placa 65KVAY, color negro, marcada con letra “D”; un vehiculo (01) Chrysler Neon año 2002 color verde marcada con letra “E” anexo a la presente; un (01) vehiculo Transporte Mini Bus Blue Bird, placa AF3829, Chevrolet Año 1982, marcada con letra “F” anexo a la presente; un (01)vehiculo Fiat Palio, placa GCH21C, año 2006 color verde esmeralda, marcada con letra “G” anexo a la presente; un vehiculo Fiat Palio año 1999 color azul, marcada con letra “H” anexo a la presente; es el caso que el ex concubino de nuestra representada arriba identificado valiéndose de la confianza, buena fe, cariño y su afecto, que mantenía como familia, y en darle un mejor futuro a sushijos,”bajo el engaño” empezó a vender los bienes que formaron de la unión que mantuvieron, aquí en el Estado Carabobo, para invertir en Margarita Estado Nueva Esparta del cual empezó a viajar cada quince días (15) y así lo fue alargando, lo cierto que se encargo de crear otra empresa con el nombre de LIAL, C.A. en el Registro Mercantil Primero del Estado Nueva Esparta en fecha 21 de junio del año2013, BAJO EL N° 48-A, procedió aperturar una cuenta bancaria en dólares con todos los movimientos bancarios de la empresa COMERCIAL RAMMY 2019, C.A, sin mi consentimiento colocándome como accionista minoritaria pero sin derechos, procediendo a solicitar en mi nombre dólares por la empresa una cantidad de TREINTA Y CINCO MIL DOLARES, abandonándome hasta la fecha, pasándome una supuesta venta...
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