Demanda Amparo
Escrito: N° 01
Cuaderno: PRINCIPAL
Materia: PREVISIONAL
INTERPONE DEMANDA
AL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA
, identificado con D.N.I. Nº , con domicilio real sito en: ,Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de Arequipa y con domicilio procesal sito en Calle ), Oficina 209, Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Arequipa, Usted respetuosamente digo:
I. OBJETO
Invocando interés y legitimidad para obrar interponemos demanda contenciosa administrativa contra el Jefe de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), don José LuisChirinos Chirinos a quien se le deberá notificar la presente demanda vía exhorto (para lo cual adjuntamos tres juegos completos y adicionales de nuestro escrito de demanda) en su domicilio real sito en Av. Bolivia Nº 144, Piso 17, Torre del Centro Cívico y Comercial, Lima.
II. PETITORIO
1.- Solicito declare nulas las siguientes resoluciones:
• Resolución N°18207-2006-ONP/DC/DL 19990
• Resolución N° 74854-2007-ONP/DC/DL 19990
• Resolución ficta denegatoria respecto a nuestro recurso de Apelación deducida contra la Resolución N° 74854-2007-ONP/DC/DL 19990
2.- Se ordene a la ONP resuelva otorgarme pensión de jubilación en el Régimen de construcción civil desde la fecha de mi contingencia (31/12/2005), previo reconocimiento de 03 añosy 02 meses en el Régimen de Construcción Civil.
3.- Se ordene a la ONP el reintegro por pensiones devengadas por los periodos en los que no he percibido pensiones devengadas por los periodos en los que no he percibido pensión de jubilación pese a tener el derecho a percibirla; lo que debe incluir todo aumento, incremento y/o bonificación que conforme a Ley corresponde.
4.- Se ordene a la ONPel pago de intereses legales, desde la fecha que la ONP vulneró mi derecho a gozar de mi pensión de jubilación hasta la fecha de pago efectivo de la obligación, que se liquidarán en ejecución de sentencia;
Dichos montos deberán ser liquidados a la fecha de pago de la obligación considerando la aplicación del artículo 1236o del Código Civil (teoría valorista).
III. RESPECTO A LAS RESOLUCIONESMATERIA DE NULIDAD:
FUNDAMENTOS DE HECHO:
1.- La Oficina de Normalización Previsional (ONP) mediante Resolución N° 18207-2006-ONP/DC/DL 19990 de fecha 16 de Febrero de 2006 (Anexo 1-B) resuelve denegar mi solicitud de pensión de jubilación como trabajador de construcción civil, reconociéndome tan sólo 01 años y 02 meses de aportaciones al sistema nacional de pensiones, a lafecha de cese (31/12/2005).
Nótese que la ONP no reconocía las aportaciones efectuadas durante los años 1967 a 1969, de 1971 a 1990, 1994, 1995, 2002.
2.- Encontrándome en desacuerdo con la precitada resolución, con fecha de cargo de recepción del 16 de marzo de 2006 interpuse recurso de reconsideración contra la Resolución N° 18207-2006-ONP/DC/DL 19990 (Anexo 1-B), adjuntando comonuevos medios probatorios las actas de entrega y recepción de planilla de mi ex empleador Cilloniz Olazábal Urquiaga S.A Sucursal Arequipa (Anexo 1-L), debiendo tenerse en cuenta que era materialmente imposible conseguir en el término de 15 días (plazo para interponer Recurso de Reconsideración) toda la documentación a efecto de acreditar los años de aportación desconocidos por laadministración demandada ONP toda vez que son más de 15 obras en las que realicé mis labores como trabajador de construcción civil; ubicándose cada uno de estos centros de labores en diversos lugares que me imposibilitaban recabarlas, en el entendido que he acumulado más de 20 años de aportes, de los cuales más de 15 años los realicé en calidad de trabajador de construcción civil .
3.- Luego de que...
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