DEMANDA CONTRA LA ONP
Secretario:
Escrito Nº: 01
Cuaderno: Principal
Sumilla: INTERPONGO DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO LABORAL CON ESPECIALIDAD EN LO PREVISIONAL DE LA CORTE SUPERIOR DEL CALLAO:
ACEDULIA, DELGADILLO ALIAGA identificada con DNI Nº 42435678, con domicilio real y procesal en Asentamiento Humano San José, Mz. M Lt.5, distrito de Ventanilla, ProvinciaConstitucional del Callao; ante usted respetuosamente me presento y digo:
I. PETITORIO:
Que, interpongo DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra la OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL- ONP, en esta fecha debido a la huelga que el Poder Judicial ha llevado a cabo, a quien se deberá notificar en su domicilio ubicado en Calle Omega Nº 252 Manzana I Lote 03, Urbanización Parque Internacionalde Industria y Comercio Lima Callao, distrito Callao, Provincia Callao, en calidad de cónyuge supérstite de don PASCUAL ASTOHUAMAN FLORIANO solicito como pretensión principal se declare nulo los siguientes actos administrativos.
a. Nulidad de la Resolución Nº 0000105931-2012-ONP/DPR.SC/DL 19990 de fecha 27 de diciembre del 2012, mediante la cual se resuelve DENEGAR la Pensión de Viudezsolicitada por doña Acedulia Delgadillo Aliaga, supuestamente por no encontrarse disuelto el vinculo matrimonial con el asegurado, toda vez que no existe Declaración Judicial de Muerte Presunta del asegurado Pascual Astohuaman Floriano. Al mismo tiempo, señala que el asegurado solo puede acreditar un total de 19 años y 11 meses de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones. Por último, indica queal haberse verificado que la recurrente no tienen derecho a la pensión solicitada, se ha generado una diferencia desfavorable ascendente a la suma de S/. 2,430.00 Nuevos Soles.
b. Nulidad de la Resolución Nº 0000006033-2013-ONP/DPR/DL 19990 de fecha 03 de octubre del 2013, mediante la cual se resuelve declarar INFUNDADO mi recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Nº0000105931-2012-ONP/DPR.SC/DL, señalando como fundamentos lo mismo que la resolución impugnada
c. La Notificación expedida por la Oficina Nacional de Normalización Previsional- ONP, de fecha 23 de diciembre del 2013, donde se ratifican en el contenido de la Resolución Nº 0000006033-2013-ONP/DPR/DL 19990 de fecha 03 de octubre del 2013 donde se informa que al no Declarar Judicialmente la Muerte de sucausante, no le corresponde el otorgamiento de la Pensión de Viudez.
PRETENSIONES ACCESORIAS
1.- Asimismo, solicito como primera pretensión accesoria que se declare a favor de mi difunto esposo el reconocimiento de 23 años y 03 meses de aportes al Sistema Nacional de Pensiones.
2.- Por otro lado, solicito como segunda pretensión accesoria se me otorgue la pensión de Viudez correspondiente, deacuerdo a los referidos aportes, así como el pago de mis pensiones devengadas e intereses legales.
Que, sustento mi petición en los fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer en los apartados correspondientes.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO RESPECTO DE LA PRETENSION PRINCIPAL
1. Que, contraje matrimonio civil con el señor Pascual Astohuama Floriano celebrado el 13 marzo de 1960 en laMunicipalidad distrital de Pacaraos, Provincia de Huaral, departamento de Lima, que se puede constatar con el acta de matrimonio que se adjunta, fruto de nuestro vínculo conyugal resultaron ocho hijos,
2. Que, Pascual Astohuaman Floriano nació el 16 de mayo de 1940, en el distrito de Atavillos Altos, Provincia de Huaral, departamento de Lima, siendo sus padres Zanón Astohuaman Arzapalo y ClaudiaFloriano Pallpa, laboró en diversas empresas desde el año 1962, aportando desde dicho año a la ONP, sumando un total de 23 años y 3 meses de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones, tal como se detalla a continuación:
2.1 El señor Pascual Astohuaman, Floriano prestó servicios en la compañía Minera Santander Inc Sucursal del Perú, desde el desde el año 1962 al año 1968.
2.2 En el...
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