Demanda De Divoricio

Páginas: 27 (6515 palabras) Publicado: 27 de febrero de 2013
UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CUSUR

TEMA:
PROCEDIMIENTO ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION;
DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

DEL LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.

PROFESOR:
LIC. JAIME CHAVEZ SOLORZANO

INTEGRANTES:
EDGAR E. ARTIAGA HERNANDEZ

PROCEDIMIENTOS ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION
Artículo 865.- En los procedimientos ante las JuntasFederales y Locales de Conciliación, se observarán las normas que establecen las fracciones I y II del artículo 600 de esta Ley.
Articulo 866.- Terminado el procedimiento de conciliación, las partes deberán señalar Domicilio para recibir notificaciones, en el lugar de residencia de la Junta Federal, Local o Especial de Conciliación y Arbitraje a la que deba remitirse el expediente; si no hacen elseñalamiento, las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se harán en el boletín oficial o estrados de la Junta correspondiente.
Artículo 867.- Las Juntas de Conciliación que conozcan de los conflictos con objeto del cobro de prestaciones, cuyo monto no exceda del importe de tres meses de salario, se observarán las disposiciones contenidas en el Capítulo XVIII de este Título.
Artículo 868.-Si no existe Junta de Conciliación Permanente, los trabajadores o patrones, pueden ocurrir ante la representación de la (STPS ) o ante la Autoridad Mpl. para que se integre la Junta de Conciliación Accidental.
Artículo 869.- En la integración de las Juntas de Conciliación Accidentales, se observarán las normas siguientes:
I. Las autoridades señaladas en el artículo anterior, prevendrán alos trabajadores y patrones que dentro del término de 24 hrs. designen sus representantes,
Dando a conocer el nombre del representante del Gobierno que presidirá la Junta; y
II. Las autoridades citadas harán las designaciones de los representantes obrero y patronal, cuando éstos no hayan hecho las designaciones.

Procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación y arbitrajeArtículo 870.- Las disposiciones de este Capítulo rigen la tramitación y resolución de los conflictos individuales y colectivos de naturaleza jurídica que no tengan una tramitación especial en esta Ley.
Artículo 871.- El procedimiento se iniciará con la presentación del escrito de demanda, ante la Oficialía de Partes o la Unidad Receptora de la Junta competente, la cual lo turnará al Pleno o a laJunta Especial que corresponda, el mismo día antes de que concluyan las labores de la Junta.
Artículo 872.- La demanda se formulará por escrito, acompañando tantas copias de la misma, como demandados haya.
El actor en su escrito inicial de demanda expresará los hechos en que funde sus peticiones, pudiendo acompañar las pruebas que considere pertinentes, para demostrar sus pretensiones.
Artículo873.- El Pleno o la Junta Especial, dentro de las 24 horas siguientes, contadas a partir del momento en que reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones y ofrecimiento y admisión de pruebas, que deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes en que se haya recibido el escrito de demanda.En el mismo acuerdo se ordenará se notifique personalmente a las partes, con 10 días de anticipación a la audiencia cuando menos, entregando al demandado copia cotejada de la demanda, y ordenando se notifique a las partes con el apercibimiento al demandado de tenerlo por inconforme con todo arreglo, por contestada la demanda en sentido afirmativo, y por perdido el derecho de ofrecer pruebas,si no concurre a la audiencia.
Cuando el actor sea el trabajador o sus beneficiarios, la Junta, en caso de que notare alguna irregularidad en el escrito de demanda, o que estuviera ejercitando acciones contradictorias, al admitir la demanda le señalara los defectos u omisiones en que haya incurrido y lo prevendrá para que los subsane dentro de un término de 3 días.
Artículo 874.- La falta de...
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