DEMANDA DECLARACION UNION DE HECHO Y DECLARACION JURADA
AL JUZGADO DE FAMILIA CIVIL DE LIMA.
FRANCISCA HUACCAMAITA MOSCOSO, identificada con DNI. Nº 06045279, domiciliada en el Pueblo Joven El Planeta, Jr. 15 de Agosto N° 242, distrito, provincia y departamento de Lima, y fijando domicilio procesal en la Casilla N° 11415 de la Central de Notificaciones delPoder Judicial – Edificio Alzamora, a Ud., digo:
I.- VIA PROCEDIMENTAL Y PETITORIO:
Que, en vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO interpongo demanda de Declaración de Unión de Hecho y la dirijo contra él extinto TEOFILO CONTRERAS MORALES y sus hijos: NANCY ISABEL CONTRERAS ALTAMIRANO, JULIA FELICITA CONTRERAS ALTAMIRANO, GERMAN CONTRERAS ALTAMIRANO, AMADOR CONTRERAS ALTAMIRANOy CESAR CONTRERAS HUAJAMAYTA, a quienes se les deberá de notificar en su domicilio común sito en: el Pueblo Joven El Planeta, Jr. 15 de Agosto N° 242, distrito, provincia y departamento de Lima, con el fin de que su Despacho reconozca los derechos legales de convivencia por más de 08 años y 03 meses con el emplazado y declare la unión de hecho; los gastos, costas y costos que genere el presenteproceso; debiéndose notificar de la presente al Ministerio Público.
II.- COMPETENCIA:
Es competente el Juzgado Familia Civil de Lima, conforme a lo prescrito en el Art. 53° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Arts. Pertinentes del Código Procesal Civil.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO: Que, la demandante con el extinto TEOFILO CONTRERAS MORALES, hemos tenido unarelación sentimental honorable, exclusiva, notoria y pública de pareja compartiendo mesa y lecho, habiendo tenido una convivencia estable permanente y voluntaria en forma continua prolongándose en el tiempo iniciada hace 37 años, empero para efectos de la presente se deberá de computar la unión de hecho de nuestra convivencia continua 08 años y 03 meses es decir desde que quedó viudo y libre deimpedimento matrimonial con fecha 14 ABRIL 1994, hasta su fallecimiento que acaeció el día 14 JULIO 2002, y que fruto de esta relación procreamos a nuestro hijo CESAR CONTRERAS HUAJAMAYTA (37 años), habiendo tenido domicilio común en el Pueblo Joven El Planeta, Jr. 15 de Agosto N° 242, distrito, provincia y departamento de Lima.
SEGUNDO: Que, la ley señala la unión de hecho, voluntariamenterealizada por un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos; en el presente caso no obstante de que la demandante y su extintoconviviente han tenido una relación de pareja de hecho durante 37 años, es decir hasta el día del fallecimiento de su extinto conviviente el 14/07/2002; el cumplimiento del requisito que señala la ley respecto a la convivencia continua recién se da legalmente al fallecimiento de la esposa de mi extinto conviviente, lo cual aconteció el 14/04/1994; habiendo quedado libre de impedimentos matrimonialesdesde esa data; igual es el caso de la demandante quien se mantuvo casada hasta el día 18 setiembre 1990 fecha que quedo viuda al fallecimiento de su cónyuge y libre de impedimentos matrimoniales; es decir que vuestras convivencias regulada por el Art. 326° del Código Sustantivo, ha sido superada ampliamente ya que el computo legal de la unión de hecho con su conviviente hasta su fallecimiento fue de08 años 03 meses.
TERCERO: Que, durante el tiempo de convivencia con mi extinto conviviente TEOFILO CONTRERAS MORALES hemos adquirido el lote de terreno cuya Área: 85.76 m2. , donde resido hasta la fecha, ubicado en el Asentamiento Humano El Planeta Manzana 24, Lote 8 (actualmente es P. J. El Planeta Jr. 15 de Agosto – N° 242) distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, el...
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