demanda ejecutiva

Páginas: 7 (1708 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2013
PODER




Señor
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE MONTERIA (Reparto)
E. S. D.
ADRIANA RAMOS Y IVONNE PADILLA, mayor de edad, domiciliadas en esta ciudad, identificadas con como aparece al pie de nuestras firmas, obrando en nombre propio y representación por medio del presente escrito conferimos Poder especial, amplio y suficiente al Dr JUAN CARLOS HABIB CALERO, abogado en ejercicio,identificado con la C.C No 78.672.633 Expedida en Valledupar y portador de la T.P No 31000 del Consejo Superior de la Judicatura, en aras de iniciar y llevar hasta su terminación Proceso verbal de Mayor Cuantía en contra de la empresa ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. con NIT 36.960728-9, con sede en esta ciudad en la carrera 2 A # 45 219, montería y legalmente representada en córdoba por el doctor EMEL MARQUEZo quien haga sus veces, para que inicie y lleve a su terminación proceso verbal de responsabilidad civil extracontractual.

Mi apoderado queda igualmente facultado para desistir, sustituir, renunciar, reasumir; solicitar medidas cautelares, sentencia anticipada y todo cuanto en derecho sea necesario para el cabal desempeño del presente mandato en los términos del art. 70 del C. deProcedimiento Civil.

Sírvase señor Juez reconocer personería a mi apoderado.

De la señora Juez, atentamente





______________________ ____________________
CC No C.C.No



A C E P T O


______________________
CC N
T.P No












REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA DEL PODER PÚBLICOJUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MONTERIA


Diecinueve de febrero de dos mil trece.
Correspondió a este juzgado, por reparto, conocer de proceso verbal de responsabilidad civil extracontractual, iniciado por ADRIANA JUANITA RAMOS VARGAS E IVONNE CECILIA PADILLA BARGUIL, mediante apoderado judicial JUAN CARLOS HABBIB CALERO, con C.C. 78.672.633 de Valledupar y con T.P. 31000, del consejosuperior de la judicatura, contra, ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.
El juzgado cuarto civil del circuito de montería, luego de hacer un estudio minucioso a la presente demanda y sus anexos considera que:

1. Se admite la demanda verbal de responsabilidad civil extracontractual , promovida por las señoras ADRIANA RAMOS E IVONNE PADILLA , mediante apoderado judicial el doctor JUAN CARLOSHABBIB, en contra de ELECTRICARIBE S.A.E.S.P., por reunir todos los requisitos de forma exigidos por la ley.

2. Córrasele traslado al demandado y a las partes relacionadas.


3. Reconózcasele personería jurídica a el apoderado judicial de las demandantes el doctor ;JUAN CARLOS HABBIB CALERO, con C.C. 78.672.633 de Valledupar y con T.P. 31000, del consejo superior de la judicaturaNOTIFIQUESE Y CUMPLASE



























Señor
JUEZ CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MONTERIA
E.S.D.


REFERENCIA : PROCESO VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
DEMANDANTES: ADRIANA JUANITA RAMOS E INVONNE CECILIA PADILLA
DEMANDADO: ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.
RADICADO : 2012-00 244

JOSE DE LEON MARTINEZ, mayor de edad,vecino de esta ciudad, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 1.067.867.982 de Montería, con Tarjeta Profesional No. 192021del C. S. de la J. obrando en nombre y representación del doctor EMEL MARQUEZ,respresentante legal de la empresa ELECTRICARIBE , de conformidad con el poder adjunto, con el debido respeto acudo a su despacho, dentro de la oportunidad legal siendo la oportunidad procesalcorrespondiente procedo a dar respuesta a la demanda instaurada por ADRIANA JUANITA RAMOS, E IVONNE CECILIA PADILLA y proponer las excepciones pertinentes en los siguientes términos:

I. PRONUNCIAMIENTO EXPRESO SOBRE CADA UNO DE LOS HECHOS

Al HECHO PRIMERO: ES CIERTO. Las señoras Adriana ramos e Ivonne padilla son propietarias del inmueble ubicado en la carrera 22 A No 11-76 de montería,...
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