demanda pensiones
ACTORA: YOLANDA HERRERA HERRERA
AUTORIDAD DEMANDADA: ISSSTE
C. MAGISTRADO INSTRUCTOR DE LA H. SALA FISCAL
EN TURNO
YOLANDA HERRERA HERRERA, mexicana, mayor de edad, en mi carácter de pensionada del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Av. Mirador No 103,Col. Mirador I Del. Tlalpan, México D.F. cp 14449, y en términos del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, autorizo para oír y recibir notificaciones a la Lic. Jessica Fuentes Escobedo con Cédula Profesional No. 4594841 expedida por la Dirección General de Profesiones y a la pasante en derecho Blanca Estela Ortega González, ante usted comparezco para exponer:Por mi propio derecho y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 6, 13, 14, 15, 40,46, 49, 50, 51, 52 y demás relativos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a presentar la Demanda de Nulidad en contra de:
RESOLUCION IMPUGNADA
Vengo a demandar la nulidad de la resolución de Concesión de Pensión, dictada con el No. de Folio SP 0633077 por el DelegadoEstatal en Veracruz del ISSSTE, notificada el 27 DE FEBRERO DE 2007, a través de la cual me fue concedido el Beneficio Pensionario de RETIRO POR EDAD Y TIEMPO DE SERVICIOS a partir del 24 DE DICIEMBRE DE 2005.
Lo anterior a efecto de que sea cuantificada correctamente mi cuota pensionaria y me sean otorgadas la totalidad de las diferencias que se generen en virtud del correcto cálculo,mismas que deberán retrotraerse al momento en que fue concedida mi pensión y hasta el momento en que sea resuelto el procedimiento que con el presente escrito inicio.
Asimismo, es solicito que me sea aplicado el total de los incrementos determinados en el artículo 57 de la Ley del ISSSTE para que sea fijada una nueva cuota pensionaria, estrictamente apegada a la ley de la materia sin omitir ladevolución de las diferencias referentes a la cantidad recibida por parte de ese Instituto Demandado en lo que respecta a la GRATIFICACION ANUAL.
COMPETENCIA
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es competente para conocer la presente demanda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Orgánica de ese H. Tribunal.
OPORTUNIDAD
Resulta oportunala interposición del presente juicio, toda vez que la resolución impugnada me fue notificada el 27 DE FEBRERO DE 2007, como se aprecia en el original del propio documento impugnado en el que en su parte inferior estampe fecha de recepción y mi nombre, para efectos de notificación de tal acto, ya que en términos de lo establecido por la Tesis de Jurisprudencia por Contradicción 115/2007, misma queprevé que el Derecho de Jubilación y a la Pensión es imprescriptible, tal es:
REGISTRO No. 171969
LOC. NOVENA EPOCA
INSTANCIA: SEGUNDA SALA
FUENTE: SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÒN Y SU GACETA
XXVI, JULIO DE 2007
PAG.- 243
TESIS 2 /J.115/2007
JURISPRUDENCIA
MATERIA: ADMINISTRATIVA
PENSION Y JUBILACIÒN. LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR EL INSTITUTO DE SERGURIDAD Y SERVICIOSSOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN LA AUAL SE FIJA INCORRECTAMENTE AQUELLA O EL SALARIO PARA CALCULARLA, PODRA IMPUGNARSE EN CUALQUIER TIEMPO EN EL JUCIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 186 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, vigente hasta el 31 de Marzo de 2007, el derecho a la Jubilación y a lapensión es imprescriptible, por lo que en atención al principio elemental de la ciencia jurídica consistente en que las acciones duran el mismo tiempo de los derechos de los que dimanan se considera también que es imprescriptible la acción por medio de la cual se tutela el estricto cumplimiento de ese derecho, motivo por el que podrá promoverse en cualquier tiempo la demanda en la cual se impugne la...
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