Demanda Tributaria
LUCY DEIFILIA JARAMILLO GUTIERREZ. Ecuatoriana, Casada mayor de edad de profesión arquitecta, con domicilio tributario en la ciudad de Macas, con RUC: 1400260665001. Ante ustedes por mis propios derechos. Con el debido respeto comparezco y digo:
Con apego estrictamente al Art.245 del Código Tributario presento la siguientedemanda de impugnación.
PRIMERO: Mis nombres apellidos la forma como comparezco, mi domicilio tributario y más generales de Ley, son como los que dejo indicado en forma precedente.
SEGUNDO: ACTO IMPUGNADO.- El acto administrativo impugnado es: La liquidación de pago por Diferencias en la Declaración No. PMS-GTRLP2005-004 de fecha 27 DE OCTUBRE DEL 2005, que ha sido modificado con fecha 17 DE NOBIEMBREDEL 2005.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO:
La presente acción se fundamenta en la errónea determinación de supuestas diferencias en las declaraciones del impuesto a la renta del año 2003 por parte del servicio de rentas internas de la provincia de Morona Santiago, pues la administración Tributaria en el presente acaso a actuado arbitrariamente incumpliendo disposiciones legales inherentes a ladeterminación y pago del impuesto a la Renta, es decir a desechado sin ningún reparo lo informado mediante oficio recibido por el SRI de Morona Santiago con fecha 18 de julio del 2005, es decir a desechado las deducciones que por concepto de pago a mis trabajadores e tenido que realizar durante ese año, inobservando el Art.10 numeral 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
La administracióntributaria pese a tener pleno conocimiento que existen deducciones por concepto de pago a mis trabajadores por el hecho que mi trabajo es de arquitectura y e mantenido contratos de construcción, proceden a establecer en forma subjetiva las supuestas diferencias pretendiendo causarme daño grave a mis recursos patrimoniales mediante la liquidación de pago por diferencias en la Declaración No.PMS-GTRLP2005-2004 que es objeto de impugnación.
Como se demostrara dentro del proceso la Administración Tributaria de Morona Santiago, no solamente que aplica erróneamente la norma de Determinación de diferencias al desechar las Deducciones que debe considerarse para la declaración del impuesto a la Renta, sino que también no a sido notificado conforme a la Ley, y la Liquidación de Pago por Diferenciasen la Declaración No, PMS-GTRLP2005-2004 no tiene la parte resolutiva en la que la autoridad Tributaria expresamente manifiesta su resolución.
TERCERO: PETICION CONCRETA DE LA IMPUGNACION:
Con la comprobación de uno o más de los fundamentos de hecho y de Derecho de mí demanda se deberá declararse con lugar la misma y se ordenara:
1. Dejar sin efecto la Liquidación de Pago por Diferencias enla Declaración No, PMS-GTRLP2005-2004.
2. Deberá disponerse el pago de la cuantía considerando los exagerados gastos que demandan la declaración de mi derecho y costas judiciales en las que se incluirán el pago de honorarios a mis abogados patrocinadores.
3.
4. CUARTO: AUTORIDAD DEMANDADA : El nombre de la autoridad demandada Dr. Palacios Vásquez Hidalgo en calidad de Directordel Servicio de Rentas de Morona Santiago encargado, o quien agá sus veces, a quien se le citara mediante comisión a uno de los Juzgados de lo Civil del Cantón Morona en su domicilio institucional que lo tiene ubicado en la ciudad de Macas calle 10 de Agosto entre Soasti y 24 de Mayo ; se citara también al delegado del señor Procurador General del Estado a quien se le citara mediante comisión auno de los Jueces de lo Civil de Riobamba, ofreciendo reciprocidad en casos análogos en su domicilio institucional ubicado en la ciudad de Riobamba cuya dirección es 10 de Agosto entre España y García Moreno edificio EX – Consejo Provincial de Riobamba.
QUINTO: CUANTIA: La cuantía de la presente demanda la fijo en CINCOMIL DOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLATRES CON TREINTA CENTAVOS , (5.257.30)...
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