Demanda
DEL ESTADO DE JALISCO EN TURNO.
P R E S E N T E:
EDUARDO PONCE MEZA, mexicana, mayor de edad, profesionista, con domicilio para recibir notificaciones la finca marcada con el numero 2662 de la calle Rayo de la Colonia Jardines del Bosque de esta ciudad, autorizando para que en mi nombre y representación las en los términos amplios del numeral 27 dela Ley de Amparo al Lic. Jessica Ponce Meza, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco a:
E X P O N E R
Que por mi propio derecho, me presento a pedir el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos y autoridades que a continuación indico, por lo que a los preceptos que rigen el presente juicio, manifiesto lo siguiente:
1. NOMBRE Y DOMICILIO DELQUEJOSO.- Quedo asentado al inicio del presente.
2. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO.- BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A. con domicilio en la Avenida Vallarta #2218, Colonia Arcos Vallarta de esta ciudad.
3. AUTORIDADES RESPONSABLES.- Señalo al C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, con domicilio en la calle Morelos # 147, Zona Centro de esta ciudad.
4. ACTO RECLAMADO.- De la autoridadseñalada como responsable que reclama el auto de fecha 08 de marzo del 2012 pronunciado dentro del juicio civil sumario hipotecario numero 1475/2010 tramitado ante el juzgado Primero de lo Civil y en donde se decreta que no ha lugar a revocar la resolución dictada el dia 15 de febrero de 2012 en donde se aprueba el remate fincado a favor de la parte actora Banco Mercantil del Norte S.A.BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que los hechos y abstenciones que constituyen los antecedentes del acto reclamado y que en seguida relato son ciertos.
A N T E C E D E N T E S
I.- Ante el Juzgado Primero de lo Civil y en el juicio Civil Sumario Hipotecario número de expediente 1475/2010,con fecha 20 de enero del 2012 se llevo a cabo la audiencia de remate respecto del inmuebleubicado en la calle de Chichen Itzá numero 4568 interior 1 de la Colonia Jardines del Sol en Zapopan , Jalisco; mediante actuación de fecha 15 de febrero de 2012, el juzgado en mención y con apoyo en lo previsto en el numeral 568 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, llevo a cabo la revisión oficiosa el procedimiento de ejecución de sentencia, aprobando dicho remate a favor dela actora BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A., y adjudicándosele en definitiva el mencionado inmueble en la cantidad de $970,000.00 (Novecientos setenta mil pesos 00/100 MN). Asi pues las cosas, dentro del término previsto por la Ley, interpuse contra dicha revisión oficiosa el correspondiente recurso de revocación, en el cual hice valer los siguientes agravios:
“ 1.- Este H. Juzgado no debió deaprobar el remate efectuado en autos, toda vez que como se desprende de actuaciones se puede apreciar que en que se llevo a cabo la audiencia pericial valorativa de la garantía hipotecaria que fue el dia 01 de marzo del 2011 fijandosele un valor por parte del Perito auxiliar de $970,000.00 (novecientos setenta mil pesos 00/100 MN) y el dia de la audiencia de remate que se celebro el 20 deenero del 2012 se aprecia que transcurrió tiempo en demasía entre dichas actuaciones un lapso de más de 10 meses, de lo que permito anexarle los recibos del impuesto predial de inmueble rematado en los que se puede apreciar que el propio valor fiscal aumento, esto es en el recibo por el 2011 la propiedad tenía un valor de $955,000.00 (Novecientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 MN) y en elcorrespondiente al año 2012 se aprecia un valor de $1,067,500.00 (Un millón sesenta y siete mil quinientos pesos 00/100 MN) por lo que dicha audiencia de remate, se efectúo en contrariedad a lo que establece la propia ley, en virtud de que en una estricta interpretación del art. 486 del Código de Procedimientos Civiles que dice:
Artículo 486. Si los bienes embargados no estuvieren valuados con...
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