demanda
JUEZ DE FAMILIA DE BARRANQUILLA (reparto).
E.S.D
REF: Proceso de Jurisdicción Voluntaria.
ALEXANDRA GARCIA ACOSTA, mayor de edad con domicilio en la ciudad de Barranquilla,identificada con la cedula de ciudadanía No. 1140853622, expedida en Barranquilla, y estudiante adscrita al consultorio jurídico y centro de conciliación de la universidad libre seccional Barranquilla,con código estudiantil numero 103092009, actuando en nombre y representación del señor RAUL ENRRIQUE SALAZAR HURTADO, mayor, domiciliado y residente en la ciudad de Barranquilla, identificado con lacedula de ciudadanía No 8.665.326 Expedida en Barranquilla, muy respetuosamente a Usted me dirijo con el fin de solicitar que mediante PROCESO DE JURISDICCION VOLUNTARIA, se corrija el registro civilde nacimiento y la cedula de ciudadanía de mi poderdante con fundamento en los siguientes:
HECHOS
1. El señor armando Salazar Barraza contrajo matrimonio con la señora Yolanda hurtadoquintana que de esa unión matrimonial nació el señor RAUL ENRIQUE SALAZAR HURTADO, el día 29 de noviembre de 1952.
2. por error involuntario en el registro civil de nacimiento el año real de nacimiento delseñor en el registro civil no concuerda con el año de la partida de bautismos, ya que el año que aparece en el registro civil es 1954 y el año real de nacimiento que aparece en la partida de bautismoes 1952.
3. La situación antes mencionada se causo ya que el señor Raúl Salazar Hurtado fue registrado antes de ser expedida la partida de bautismo y hubo un error al momento de realizar el registrocivil de nacimiento.
4. El señor Raúl Salazar desde el año 2008 ha realizado las pertinentes solicitudes a la registraduria para el cambio de año pero la respuesta fue negativa.
SOLUCITUDSolicito a usted Señor Juez, que mediante sentencia que se dicte en el trámite del proceso de jurisdicción voluntaria, se ordene:
1. La corrección del año de nacimiento del señor Raúl enrique ya...
Regístrate para leer el documento completo.