demanda
MAESTRÍA: PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN DERECHO PENAL.
PLANTEL: CIUDAD GUZMÁN, JALISCO
GRUPO: PRIMERO “A”
TURNO: SABATINO.
MATERIA: AMPARO
PERIODO: AGOSTO- DICIEMBRE 2013
TRABAJO: “DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO”
ALUMNA: ADRIANA BELTRÁN VARGAS.
MAESTRO: GABRIEL HERNÁNDEZ PONCE
01- DICIEMBRE-2013
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENALDEL TERCER CIRCUITO
P R E S E N T E.-
ADRIANA BELTRÁN VARGAS, mexicana, mayor de edad, soltera, originaria y vecina de Ciudad Guzmán, Municipio, Zapotlán el Grande, Jalisco, señalando para oír y recibir notificaciones, la finca marcada con el 70 setenta de la calle Degollado, Colonia Sagrado Corazón, de Guadalajara, Jalisco autorizando para tal efecto al C. LicenciadoDamián Campos García, con cedula profesional 12345 expedida por la Secretaria de Educación Pública, lo anterior de conformidad a lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Amparo, en tal virtud, Ante este Tribunal con el debido respetuosamente:
E X P O N G O
Que por medio de este escrito, con fundamento en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, 1 fracción I, 158, 166 y demás relativos de la ley de Amparo en vigor, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN, contra las autoridades y por los actos que más adelante se precisan.
Primeramente y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley de Amparo en vigor, manifiesto:
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.-: señalado en el proemio de la presente demanda., actualmente interno en el Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito, con domicilio conocido en la Ciudad de esta Ciudad.
II. TERCER INTERESADO: Juan Cuevas Valencia, con domicilio en la finca marcada con el número 70 setenta de la calle Degollado, Colonia Sagrado Corazón, de Ciudad Guzmán, Municipio Zapotlán el Grande Jalsco.III. AUTORIDAD RESPONSABLE:
A.- C. MAGISTRADOS QUE INTEGRAN LA Tercera Sala del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco, como autoridad ordenadora.
B.- C. JUEZ Primero de lo Penal del Décimo Cuarto Partido Judicial, Municipio Zapotlán el Grande, como autoridad ejecutora.
IV. ACTO RECLAMADO: la totalidad de la sentenciadictada el 13 trece de septiembre del año en curso 2011 dentro del toca penal número 615/2011, tramitada ante la Sexta Sala del supremo tribunal de Justicia del Estado de Jalisco; así también, el auto de fecha del 13 trece de octubre de 2011 dos mil índice, dictado por el Juez Primero Penal, de Ciudad Guzmán, Jalisco, dentro de la causa penal 922/2009.
V. RESOLUCIONES QUE ME FUERON NOTIFICADAS ELMISMO DÍA DE QUE FUERON DICTADAS, LOS CUALES YA QUEDARON PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE.
VI. LOS PRECEPTOS DE VIOLACIÓN;
PRIMERO.- la totalidad de la resolución de fecha 13 de septiembre del año 2011 no está debidamente fundada y motivada y viola los derechos humanos del quejosos consagrados en os artículos 1, 14 y 16 constitucionales es decir los resultados 1 y 2 ylos considerados I, II, III, V; así como las proposiciones Primera, Segunda y tercera, Cuarta y Quinta, son violatorios a mis derechos humanos, no hace el estudio debido de la totalidad de los agravios formulados en apelación, porque a pesar de que no encuentra acreditado el elemento del tipo penal y de la responsabilidad consistente en haber actuado por imprudencia, se me declara de manerailegal como penalmente responsable en la comisión del delito de homicidio culposo previsto por el artículo 23, en relación al 6 fracción II y en contexto con el 48 del Código Penal para el Estado de Jalisco, en agravio de quien en vida llevara el nombre de ELIGIA MORAN AGUILAR, así también se omite por la autoridad responsable a entrar al estudio debido de la excluyente de responsabilidad que se...
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