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ATRIBUCIONES
PRIMERO. Se crea la Dirección de Asuntos Indígenas, la cual para el ejercicio de su encargo tendrá
las siguientes atribuciones:
I.
Promover elrespeto a los derechos, lengua y cultura de las comunidades indígenas del
Municipio.
II.
Formular y presentar al Presidente Municipal, el proyecto del plan de desarrollo integral para
lascomunidades indígenas del Municipio, respetando el contenido del Plan Estatal de
Desarrollo y basado en las disposiciones de los artículos 2° de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y2° de la Constitución del Estado;
III.
Proporcionar la asistencia legal que requieren los indígenas del Municipio, ante los Tribunales
competentes, con la participación del personal bilingüe;así como en materia de trabajo,
coordinando estas acciones con la instancia competente.
IV.
Instrumentar programa y proyectos en las comunidades indígenas que contengan acciones deorganización y capacitación que les permitan participar en la toma de decisiones,
relacionadas con el aprovechamiento de sus recursos naturales;
V.
En coordinación con las instituciones federales,estatales y demás dependencias del
Municipio, promover la organización entre los indígenas productores, para el desarrollo de sus
proyectos productivos;
VI.
Coadyuvar en la solución de los conflictosagrarios ante las instancias competentes, con
estricta observancia del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y la Ley agraria vigente;
VII.
Captar, encauzar ydar seguimiento a las demandas de los grupos indígenas, a través de
instrumentos y mecanismos que permitan ampliar los canales de comunicación con la
administración pública municipal;
VIII.Servir de enlace e instancia en la coordinación y concertación institucional, con aquéllos
sectores sociales, interesados en coadyuvar a la satisfacción de las necesidades de carácter
social,...
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