Deposito
Autónoma de México
F.E.S. Aragón
DEPOSITO
DEFINICIÓN:
El deposito es un contrato por el cual el
depositario se obliga hacia el depositante a
recibir una cosa, muebles oinmuebles que
aquel que le confía y a guardarla cuando lo
pida el depositante (art. 2516 CCDF).
CARACTERÍSTICAS:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Principal
Bilateral
Oneroso
Gratuito
Consensual en oposición a realIntuitu personae
CLASES DE DEPOSITO:
El deposito puede ser civil, Mercantil,
administrativo o bancario.
REGULAR: consiste en que el depositario no
puede disponer de la cosa depositada y deberestituir la misma.
IRREGULAR: existe cuando la institución de
crédito puede disponer del objeto
depositado, y paga un interés porque se
constituye sobre bienes fungibles; además, la
obligación dedevolver otro tanto de la
misma especie y calidad.
ELEMENTOS ESENCIALES
ELEMENTOS DE VALIDEZ
FORMA:
OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO:
Son obligaciones principales:
I. Recibir la cosa. Es denaturaleza consensual.
II. Custodiar y conservar la cosa. Se admite la distinción de depósito gratuito y depósito
oneroso. El depositario tendrá la obligación de indemnizar daños y perjuicioscuando proceda
con malicia o negligencia. El depositario, como una consecuencia de la obligación de
conservar, está obligado a responder de todos los daños y perjuicios que sufra la cosa, y que
le seanimputables. Si perece la cosa por caso fortuito o por fuerza mayor, perece para su
dueño; si perece por culpa grave del depositario, éste debe cubrir su valor.
III. Dar aviso al dueño, o a laautoridad competente, en caso de que la cosa depositada haya
sido robada. Si después de constituido el depósito, el depositario tiene conocimiento de que
la cosa es robada, y de quién es el verdadero dueño,debe dar aviso a éste, o a la autoridad
competente.
IV. Restituir la cosa objeto del depósito. Esta obligación es en especie, o sea, deberá
devolver la misma cosa depositada.
OBLIGACION DE...
Regístrate para leer el documento completo.