Dere
Exp. : 0345-2011.
Cdno. : Principal.
Esc. : Nro.
Sum. : Apelación.
SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO DE SAN ROMÁN:
Lisbeth Vaneza ChuraPeralta en representación de la Universidad Privada Telesup, en autos sobre Indemnización de Daños y Perjuicios por Actos de Discriminación, en los seguidos con Wilbert Ccopa Quispe, a Ud. digo:
Noestoy conforme con la Resolución Nro. 06-2011 de fecha 28 de noviembre de 2011 la misma que declara improcedente el pedido de nulidad, es que recurro a su despacho y de conformidad al artículo 32 de laNueva Ley Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 364 del Código Procesal Civil, a interponer recurso de APELACIÓN a fin de que el superior en grado la REVOQUE y declare FUNDADA en base alos siguientes fundamentos:
ERRORES DE LA IMPUGNADA
1. El señor Juez de primera instancia, al expedir la resolución impugnada ha tenido un criterio herrado al considerar que no existe vicioalguno en la notificación efectuada el 30 de agosto de 2011, por lo que dicho acto es válida.
2. Esto implica entonces, que mi representada no tiene acceso a la Justicia, pero de auerdo a autos seestá vulnerando el derecho a la defensa y al debido proceso, en razón a que la notificación no ha sido efectuado tal como lo establecen las normas tanto en materia laboral y civil.
3. Alefectuar la notificación a mi representada con el autoadmisorio y demanda no se ha cumplido con lo establecido en los artículos 160 y 161 del Código Procesal Civil, tal como consta en la constancia denotificación.
4. En la constancia antes indicada solamente se aprecia el nombre de la persona que supuestamente ha recepcionado la notificación. No detallándose las exigencias señaladas en la normapara el original de las cédulas de notificación, ni mucho menos existe una notificación de preaviso.
5. Tratándose mi representada, de una Corporación Educativa a Nivel Nacional, el auxiliar...
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