Derecho administrativo
Vaya a la fuente que le dio el reporte erróneo y con un derecho de petición invocando el Habeas Data pida que corrijan eso.
- Si en un término máximo de 20 días no se ha corregido, la persona puede acudir a la Superintendencia Financiera y poner la queja para que se corrija el error y sancione posteriormente.
1. La información positiva del manejo de cualquier créditopermanecerá indefinidamente en los bancos de datos de información crediticia, denominadas en la Ley como Operadores de Información.
2. Establece un tiempo determinado máximo y no indefinido, para la permanencia de información negativa por mora de una obligación reportada, el cual se explica en el siguiente numeral.
3. Canceladas las obligaciones que entraron en mora, desde el momento del pago enadelante, la información respecto a la mora que se tuvo, se mantendrá hasta por 4 años, claro está, incluyendo el informe de que ya se encuentra pagada.
4. Se contempla una amnistía, para quienes se pongan al día dentro de los próximos 6 meses, tiempo que irá hasta el 30 de junio de 2009, caso en el cual, el dato negativo permanecerá hasta por un año.
5. La Fuente de la información (Banco,Empresa de Telefonía Celular, de Televisión por Cable, etc.), debe informar primero al usuario sobre la mora que presenta su obligación antes de reportarlo al Operador de Información (Centrales), para que el usuario puede pagar la obligación en los siguientes días, de no hacer el pago, la Fuente ya podrá hacer el reporte al Operador de Información.
6. Respetando el principio constitucional albuen nombre, se desarrolla una regulación integral para que los ciudadanos conozcan, actualicen y soliciten rectificación de toda la información que sobre ellas se recoja y se mantenga en estas bases de datos, que además no sólo están en los archivos de estas bases de datos de empresas privadas, sino también en entidades públicas.
7. El mantener actualizada una buena información en losOperadores de Información, permite que pequeños comerciantes no tengan que acudir al “gota-gota”, sino ir directamente ante entidades financieras que cobran intereses un poco más bajo.
8. Se puede acudir ante las Autoridades de Vigilancia para presentar quejas no sólo contra el Operador de Información, sino también contra la entidad que hace el reporte (Banco, Empresa de Telefonía Celular, deTelevisión por Cable, etc.).
9. La entidad que hace el reporte (Banco, Empresa de Telefonía Celular, de Televisión por Cable, etc.) deben mensualmente actualizar la información de sus clientes que ha reportado a los Operadores de Información (Centrales).
Sanciones a Operadores de Información y a las entidades que hacen el reporte
La Superintendencia de Industria y Comercio y la SuperintendenciaFinanciera podrán imponer a los operadores, fuentes o usuarios de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países que irán hasta 1.500 S.M.M.L.V., por el inadecuado manejo y no actualización de datos y la inobservancia de las órdenes impartidas por las Superintendencias de Industria y Comercio y la Financiera.
Asimismo y de acuerdo a la gravedad, sepodrá suspender las actividades del Operado de Información (Centrales) hasta por 6 meses.
El Cierre de operaciones si vencido los 6 meses de suspensiones, el Operador de Información no se adecuado técnica y logísticamente y sus procedimientos para el adecuado manejo de la información crediticia y comercial de los ciudadanos, conforme a la Ley 1266, incluso el cierre definitivo si el Operador de Información administra datos prohibidos.
Objeto. La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en Bancos de Datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a...
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