Derecho Administrativo
El nepotismo es el acto por el cual un funcionario de dirección o un personal de confianza en la entidad ejerce su facultad de nombramiento y contratación depersonal respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio; o cuando los funcionarios antes mencionados ejerzaninjerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personal, es considerado una práctica inadecuada por cuanto propicia un conflicto de intereses entreel interés personal y el servicio público; de otro lado, restringe el acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas, dificulta que las entidades públicaspuedan cumplir objetivamente con las funciones para las que fueron creadas.
Ejercer la facultad de nombrar, contratar, intervenir en los procesos de selección depersonal, designar cargos de confianza o en actividades ad honores o nombrar miembros de órganos colegiados.
Ejercer injerencia directa cuando el funcionario de direccióno de confianza que guarda el parentesco indicado con la persona que va a ser contratada o nombrada, tiene un cargo superior a aquél que tiene la facultad para contrataro nombrar personal, al interior de su Entidad. En este caso la norma determina que se presume la existencia de nepotismo salvo prueba en contrario.
Ejercerinjerencia indirecta ejercida por un funcionario de dirección y/o confianza que sin formar parte de la Entidad en la que se realizó la contratación, el nombramiento o proceso deselección de personal tienen, por razón de sus funciones, alguna injerencia en quienes toman o adoptan la decisión de contratar o nombrar en la Entidad correspondiente.
Regístrate para leer el documento completo.