Derecho administrativo
Fecha de Sanción: 01/12/2005
Fecha de Promulgación: 12/12/2005
Publicado en: Boletín Oficial 20/12/2005 - ADLA 2006 - A, 662
Libro Primero - Disposiciones Generales
TITULO I - Régimen Contravencional
Ambito de aplicación
Art. 1° - Las disposiciones de este Código se aplicarán a las faltas que en él se tipifican y que seancometidas en el territorio de la provincia de Catamarca.
Extensión de las disposiciones generales
Art. 2° - Las disposiciones generales de este Código serán aplicadas a todas las faltas previstas por leyes provinciales y ordenanzas municipales, salvo que éstas dispusieran lo contrario, y a todas las leyes contravencionales especiales.
Prohibición de analogía. Legalidad
Art. 3° - Ningunadisposición de este Código puede interpretarse de forma analógica en perjuicio del imputado.
Ningún proceso contravencional puede ser iniciado sin imputación de acciones u omisiones tipificadas por ley dictada con anterioridad al hecho, y debe ser interpretada en forma estricta.
Terminología
Art. 4° - Los términos "falta", "contravención" e "infracción" están usados indistintamente y conidéntica significación en este Código.
Concurso y conexidad entre contravención y delito
Art. 5° - Salvo disposición en contrario, serán aplicables a las faltas previstas en este Código las disposiciones de la Parte General del Código Penal de la República Argentina.
Cuando de la comisión de un hecho contravencional previsto en este Código se derivare la consumación de un hecho delictivoprevisto en el Código Penal, será juzgado y sancionado sólo por el Juez que entienda en el delito.
En tal caso, únicamente este Tribunal podrá condenar por la contravención aún cuando no lo sancionare por el delito.
Concurso y conexidad entre contravención y falta municipal
Art. 6° - Cuando un hecho cayere bajo la sanción de este Código y de ordenanzas municipales, será juzgado únicamentepor la autoridad municipal competente, con exclusión de la autoridad provincial. Cuando el hecho de la contravención estuviere tipificado en este Código y no en las ordenanzas municipales, será juzgado por la autoridad provincial.
Registro de antecedentes contravencionales
Art. 7° - La Policía de la provincia llevará un registro personalizado de las condenas por las contravenciones previstasen el presente Código, las que se asentarán en los prontuarios que correspondan al momento de expedirse las respectivas planillas de antecedentes.
A tales efectos, las autoridades administrativas y jurisdiccionales de aplicación de este Código oficiarán comunicando las diversas resoluciones recaídas para su anotación.
Transcurridos dos (2) años de recaída la sentencia condenatoria sin queel infractor haya cometido otra falta, el registro de aquella caducará. En estos casos, los registros caducos no podrán hacerse constar en los certificados de antecedentes.
Participación
Art. 8° - Todos los que intervinieren en la comisión de una falta sea como autores, cómplices o mediante cualquier otra forma de participación, quedarán sometidos a la misma escala penal, sin perjuicio que lasanción a cada imputado se gradúe con arreglo a la respectiva participación y a los antecedentes de los mismos.
Culpabilidad
Art. 9° - El obrar culposo será suficiente para la punibilidad de las faltas contempladas por este Código, salvo que en forma expresa se requiera la existencia de dolo.
Perdón Judicial
Art. 10. - El Juez de faltas podrá perdonar al infractor únicamente cuando elimputado fuere primario y por circunstancias especiales resulte evidente la levedad del hecho y lo excusable de los motivos determinantes; debiendo concurrir además la voluntad manifiesta del particular ofendido, si fuese el caso, de perdonar al infractor.
Presunción de inocencia
Art. 11. - Toda persona a quien se le impute la comisión de una falta se presume inocente mientras no se...
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