Derecho Administrativo
CONSEJO DE ESTADO
Acción contractual
Declara no probada la excepción propuesta por el Municipio de Saravena.
Declárese la nulidad absoluta del Contrato de Prestación de Servicios No. 45 del 13 de octubre de 1995, celebrado entre el Municipio Saravena y el señor OSCAR CAÑAS FAJARDO, a que se refiere ésta acción contractual.
Deniéguese las pretensionesde la presente demanda, por las razones expuestas en la parte
motiva.”
PRETENSIONES
Que se declare que, entre el Municipio de Saravena y el actor, existió contrato de prestación
de servicios, según comunicación del Alcalde de Saravena, a partir de la fecha. explotación de hidrocarburos y material de arrastre; el reconocimiento y cobro de los impuestos de industria y comercio, regalías eimpuestos por transporte de hidrocarburos por oleoductos, suspendidos por decisión del Ministerio de Minas y Energía.
Municipio de Saravena, Arauca incumplió el contrato anterior, por haberse negado a efectuar reiteradamente, el pago de la contraprestación acordada no obstante reconocer la existencia
de la obligación y entender que el contratista dio cumplimiento a su parte.
Reconocimiento ypago de los valores causados y que se hayan podido causar teniendo en cuenta el debido cumplimiento del objeto del contrato, por parte del actor:
A. por el lapso transcurrido entre el cumplimiento y la fecha probable de pago efectivo de las cuentas de los perjuicios o, en su defecto, mediante otro procedimiento técnico que restablezca el equilibrio económico del contrato.
B. El valor deldaño emergente por el perjuicio consiguiente al incumplimiento de la Administración Municipal, en los términos y cuantía que se señalan en esta demanda;
C. Que se reconozca el porcentaje pactado sobre todos los pagos que se hayan hecho efectivos en el desarrollo del objeto del contrato y cualquiera otra que se avenga al mismo objeto, dada la amplitud que se le otorgó al contrato para la finalprestación del servicio.
PRETENSIONES SUBSIDIARIAS:
Que se reconozca el porcentaje pactado sobre todos los pagos que se hayan hecho efectivos en el desarrollo del objeto del contrato y cualquiera otra que se avenga al mismo objeto, dada laamplitud que se le otorgó al contrato para la final prestación del servicio.
FUNTAMENTO DE HECHO
Alcalde del Municipio de Saravena, Arauca, comunicópor escrito al actor el compromiso de contratar con su firma denominada “OSCAFA”. se le reconocería al contratista, en contrato separado, un 30% de los capitales que se recuperaran.
1995 suscribió el señor Oscar Cañas Fajardo en representación de su firma “OSCAFA” con el Municipio de Saravena el contrato número 45, determinó el porcentaje acordado y cuyo texto se publicó y quedó garantizado conlas pólizas de seguros que señala la ley.
Acuerdo celebrado, mediante declaración incomprensible y contraria a los hechos, expresada en los oficios números 10 y 123 de fechas 6 y 27 de febrero de 1997, respectivamente, el Municipio de Saravena negó que el contratista haya adelantado gestión alguna y mencionó que el contrato no tenía validez por cuanto no contó con el certificado dedisponibilidad presupuestal ni se expidió el registro presupuestal, así como tampoco le fueron aprobadas las
correspondientes pólizas.
Municipio de Saravena al negarse a cumplir con su obligación económica incumplió el acuerdo suscrito, causándole un daño considerable si se tiene en cuenta el tiempo y los recursos empleados para su desarrollo
Que, posteriormente, ante las infructuosas reclamacionesdirectas realizadas al Municipio de
Saravena, decidió acudir a la vía de la conciliación prejudicial, escenario en el que si bien no se llegó a un acuerdo.
FUNDAMENTO DE DERECHO
principio iura novit curia, manifestó que los acuerdos celebrados debían ser acatados, mientras no contradigan la ley y al ser la contratación estatal una relación contractual eminentemente conmutativa, con la...
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